20 años de batalla judicial para el derribo del restaurante de la Punta del Miracle

El histórico restaurante situado en la Punta del Miracle estuvo abierto entre 1993 y 2008. Este mes se cumple una década desde el derribo

01 mayo 2019 10:54 | Actualizado a 01 mayo 2019 11:19
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El caso urbanístico más polémico de la historia reciente de la ciudad se alargó durante veinte años. El 24 de abril de 1989, el entonces concejal de Urbanisme –Josep Anton Burgasé (PSC)– otorgó al propietario del Fortí de la Reina el permiso para que en el interior del monumento se pudiera ubicar un restaurante. Este acto administrativo contó con 16 informes positivos y uno negativo, el del entonces arquitecto municipal, Alfonso Bacquelaine, del 28 de agosto de 1987. 

El establecimiento ubicado en la Punta del Miracle abrió sus puertas en 1993. La travesía judicial, sin embargo, se inició antes, cuando el 12 de enero de 1990 la procuradora Rosa Elias decidió recurrir la licencia, ya que consideraba que no podía construirse un restaurante en una zona verde, tal y como estaba considerado el entorno según el Plan General.

El restaurante del Fortí de la Reina de Tarragona reabrirá con una inversión de 3 millones

El Fortí de la Reina volverá a contar con un restaurante en su interior. Según ha podido saber el Diari, el propietario del monumento situado en la Punta del Miracle ya ha presentado al Ayuntamiento de Tarragona un anteproyecto para que, una década después, el Bé Cultural d'Interès Nacional (BCIN) recupere la actividad económica, tras ser desmontado en 2009 por orden judicial.

La primera sentencia llegó el 2 de julio de 1992, cuando el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJCat) anuló la licencia de obras concedida por Burgasé e instó a que el monumento recuperara su situación original, por lo que el establecimiento debía derribarse. En ese momento, el Consistorio presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que fue rechazado el 14 de marzo de 1995. Paralelamente, el Ayuntamiento intentó ir por la vía urbanística y planteó una modificación puntual del Plan General para legalizar la situación. Además, la administración municipal solicitó al TSJCat que inejecutara la sentencia, ya que argumentó que, con el cambio del Plan General, el restaurante ya se adaptaba a la legalidad urbanística.

Pese a ello, la Generalitat no aceptó el cambio y el 12 de febrero de 1996 el TSJCat desestimó la petición. Entonces, Joan Miquel Nadal  (CiU) decidió llevar esta decisión ante el Tribunal Supremo mediante un nuevo recurso de casación, que fue rechazado el 5 de abril de 2001. Viendo que las vías legales se estaban acabando, el Consistorio acudió al Constitucional el 29 de marzo de 2004, cuando presentó un recurso de amparo que fue denegado en septiembre de 2006. 

Posteriormente, el TSJCat ordenó en marzo de 2007 la ejecución de la sentencia de 1992, a lo que el Ayuntamiento contestó con un recurso de súplica ante el mismo tribunal, que fue denegado el 27 de abril de 2007. Ya con Ballesteros se llevó a cabo el derribo, que se inició a principios de diciembre de 2008 y que finalizó en abril de 2009.  

El propietario pidió 18 millones, que el juzgado descartó
El Tribunal Supremo dio en mayo de 2018 el carpetazo final al polémico caso, después de  rechazar –de manera definitiva– la queja presentada por el titular del Fortí, que denunciaba un presunto «error judicial flagrante, evidente y palmario» en las sentencias en las que primero el juzgado de lo Contencioso–Administrativo número 1 de Tarragona –en 2013– y después el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJCat) –en 2015– habían descartado la reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento por valor de casi 18 millones de euros por el cierre del establecimiento. Todos los jueces coincidieron que el titular del negocio tardó demasiado en presentar su reclamación, por lo que consideraron que el caso había prescrito cuando se inició el proceso para pedir compensaciones económicas. 

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