Absuelto de violar a su pareja un hombre para quien pedían nueve años de cárcel

La Audiencia Provincial lo ha condenado a siete meses de cárcel
 por dos delitos de maltrato, además de una orden de alejamiento

28 septiembre 2019 07:50 | Actualizado a 28 septiembre 2019 08:07
Se lee en minutos
Participa:
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

Nueve años y medio de prisión es la pena –entre otras– que la acusación particular pedía para un hombre acusado de haber agredido sexualmente a su pareja. Pero la Audiencia Provincial considera que los hechos no quedaron probados durante el juicio y lo ha condenado a siete meses y diez días de prisión por dos delitos de maltrato, además de no poder aproximarse a menos de 200 metros de la víctima y a no a comunicarse con ella durante cuatro años. Asimismo, la tendrá que indemnizar con 210 euros por las lesiones causadas.

En marzo de 2015, el acusado y la denunciante mantenían una relación personal con convivencia, que se remontaba a hacía dos años. Dicha relación se fue degradando con el paso del tiempo, con desencuentros afectivos y un clima de falta de respeto mutuo. A principios de dicho año, en el domicilio de una amiga común, el acusado –que estaba bajo los efectos del alcohol– propinó una bofetada a la víctima, para después agarrarla y tirarla de los pelos.

El 25 de marzo, sobre las ocho de la tarde, cuando ambos se encontraban en el domicilio –que compartían con otras tres personas– iniciaron una fuerte discusión, en el curso de la cual se produjeron insultos. La discusión derivó en mutuos acometimientos. El encausado, en un momento, agarró a la mujer con fuerza y la golpeó.

Para los magistrados, no quedó acreditado que el 24 de marzo el acusado mantuviera relaciones sexuales por la fuerza o en contra de la voluntad de la mujer, ni que en otras ocasiones la golpeara o le pusiera un cuchillo en el cuello para exigirle la entrega de dinero.

La sentencia

La sentencia pone de manifiesto que el 25 de marzo, una patrulla policial acudió al domicilio alertada por la llamada de un vecino sobre una situación de violencia. La mujer indicó a los agentes que había sido agredida varias veces en los dos años que llevaban conviviendo, pero no mencionó nada de una agresión sexual. Tampoco lo hizo después, cuando los médicos la atendieron. Y no fue hasta las 14.45 horas del día siguiente cuando acudió a comisaría a presentar denuncia por la agresión junto con otros episodios de violencia. La Sala recuerda que el examen médico y forense no arrojó «datos corroborativos» de la supuesta agresión sexual pues las lesiones que presentaba podían corresponder con toda claridad al episodio de agresión ocurrido el 25 de marzo y que propició la denuncia.

Los magistrados recuerdan que durante el juicio la denunciante, a través de su abogada, pidió declarar con algún mecanismo de protección visual respecto al acusado. Pero en cambio, al final de su intervención optó por quedarse en sala y situarse, precisamente, en un lugar frente al acusado, donde permaneció las siguientes cuatro horas. «Actitud que si bien refleja un legítimo derecho a participar del proceso, resulta poco compatible con una situación de miedo o de particular fragilidad emocional».

Comentarios
Multimedia Diari