Absuelto pese a dejar su ciclomotor a un ‘sin carnet’

El vehículo fue interceptado por la Guàrdia Urbana cuando circulaba. El conductor, que no llevaba casco, sí que ha sido condenado

19 enero 2018 09:50 | Actualizado a 24 enero 2018 13:52
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El dueño de un ciclomotor que se lo dejó a otra persona que no tenía carnet de conducir fue inicialmente condenado a pagar una multa de 2.160 euros como cooperador necesario en un delito.

Sin embargo, finalmente la Audiencia Provincial de Tarragona lo ha absuelto. En cambio, ha mantenido la pena para el conductor de dicho ciclomotor: el pago de una multa de 1.080 euros.

Minutos después de la medianoche del 14 de abril del año pasado, una patrulla de la Guàrdia Urbana de Tarragona se encontraba frente al Bloc Sant Lluc, en el barrio de Sant Pere i Sant Pau. Los agentes sorprendieron al conductor de un ciclomotor Aprilia que no llevaba casco.

Los guardias compraron que el hombre, de nacionalidad rumana, nunca había obtenido ni licencia ni carnet de conducir.

El ciclomotor no era propiedad del conductor, sino que se lo había dejado otro rumano. Por ello, inicialmente el Juzgado de lo Penal número 2 de Tarragona los condenó a los dos: uno como autor del delito y el otro, como cooperador necesario de un delito contra la seguridad vial por permitir conducir a alguien sin haber obtenido nunca el carnet.

El recurso

Ambos presentaron un recurso de apelación, que ahora ha resuelto la Sección Cuarta de la Audiencia de Tarragona. Los magistrados han rechazado las pretensiones del conductor, quien argumentaba que su conducción no supuso ningún peligro para la seguridad vial.

Recuerdan que el Código Penal castiga cuando se carece de toda habilitación o permiso para conducir cualquier vehículo

En cambio, la Sala da la razón al propietario del ciclomotor, quien consideraba que su participación no determinó la voluntad de cometer el delito. Los magistrados señalan que el conductor dijo a los agentes que el dueño sabía que él no tenía carnet.

Pero la sentencia omite toda referencia sobre cómo se accedió a dicha información, «y no cabe descartar que la misma no fuera una manifestación espontánea sino obtenida en el curso de una indagación policial sobre las circunstancias del hecho, sin garantías».

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