Absuelto un hombre que no hizo trabajos comunitarios

Realizó sólo cuatro de los 106 días. Pero la Audiencia asegura que el juez no escuchó las razones del incumplimiento 

25 octubre 2018 09:43 | Actualizado a 25 octubre 2018 09:49
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Un hombre fue condenado inicialmente por el Juzgado de lo Penal 2 de Tarragona al pago de una multa de 2.160 euros acusado de un delito de quebrantamiento de condena por no haber realizado los 106 días de trabajos comunitarios impuestos por el juez. Sin embargo, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha anulado la condena al considerar que el juez no escuchó las razones del acusado para no haber realizado los trabajos comunitarios.

El acusado, natural  de Ecuador y en situación irregular en España, el 12 de febrero de 2013 firmó un compromiso para cumplir los 106 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Los tenía que hacer en el Patronat Municipal d’Esports de Tarragona. Sin embargo, sólo realizó cuatro jornadas.

El acusado estuvo ilocalizable durante largos periodos de tiempo. Cuando fue localizado, no se presentó varias veces ante el juez. Se declaró finalmente en rebeldía y un año después fue detenido. Los magistrados entienden que no sólo no se le dio audiencia previa, sino que no se le notificó personalmente –ni a su abogado–, mediante los mecanismos legales, la resolución por la que se declaraba el incumplimiento total.

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