Absueltos dos jóvenes que hacían espectáculos con antorchas de fuego en Tarragona

En 2014 fueron detenidos por desobedecer un decreto del Ayuntamiento que prohibía dicha actividad

19 mayo 2017 17:45 | Actualizado a 21 mayo 2017 15:29
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Los jóvenes que fueron detenidos por realizar espectáculos con antorchas de fuego en plena calle, a pesar de haberlo prohibido explícitamente el Ayuntamiento mediante un decreto, han sido absueltos ahora por la Audiencia Provincial de Tarragona, aunque inicialmente fueron condenados por el Juzgado de lo Penal número 4 de Tarragona. La revocación de la sentencia no viene motivada porque no se produjeron los hechos, sino por un cambio en el Código Penal.

La sentencia recoge que sobre las nueve de la noche del 18 de octubre de 2014, los acusados, Mauro B. y Rodolphe A., se encontraban realizando malabares con productos inflamables en la Plaça de la Font de Tarragona. Y ello a pesar de ser una actividad prohibida mediante decreto de fecha 4 de agosto de 2014 dictado por el teniente de alcalde. Dicho decreto fue notificado personalmente a Rodolphe el 13 de septiembre y a Mauro, el 11 de agosto.

Peligroso para las personas

En su día, el Diari publicó que el decreto se había publicado a raíz de que tres jóvenes –entre ellos los dos acusados– habían realizado reiteradamente dicha actividad sin permiso, poniendo en peligro a las personas que se encontraban a su alrededor. La noche de los hechos, una patrulla los vio actuar y lanzar las antorchas al aire, que no siempre eran recogidas al vuelo sino que caían cerca de la gente, incluso de niños, que tenían que ser apartados por sus padres para evitar que se quemaran. Ante ello, los dos jóvenes quedaron detenidos por un delito de desobediencia a la autoridad.

El 12 de mayo de 2015, el Juzgado de lo Penal 4 de Tarragona condenó a los dos procesados por una falta contra el orden público a la pena de multa de 90 euros, así como a pagar la mitad de las costas del juicio. Los dos condenados presentaron un recurso de apelación, al que se opusieron tanto el fiscal como la acusación particular, en representación del Ayuntamiento de Tarragona.

Despenalización

Para la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, la conducta objeto de la acusación quedó despenalizada por la reforma que se hizo del Código Penal el 30 de marzo del año pasado. La desobediencia leve –como es este caso– ni la falta de respeto ya no constituyen infracción penal. Por ello, el magistrado absuelve a los dos procesados.

Y es que los dos ahora absueltos –junto con un tercer individuo– protagonizaron juegos con fuego en numerosas ocasiones, por lo que la Guàrdia Urbana les llegó a requisar el material.

 

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