Cambian la pena de cárcel de Laia Estrada por una multa

La Audiencia acepta sustituir los tres meses de prisión por el pago de 1.780€, que tendrá que satisfacer en tres plazos mensuales

10 mayo 2018 05:25 | Actualizado a 14 mayo 2018 17:07
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La petición hecha por la concejal Laia Estrada para que se le cambiara la pena de tres meses de prisión por el Caso Bershka por una multa ha prosperado.

La Audiencia de Tarragona, a pesar de la oposición  de la Fiscalía, lo ha aceptado. La pena de cárcel era el argumento esgrimido por el Consistorio para solicitar que la edil abandonara su supuesto en el salón de plenos porque, según él, era incompatible con tener que cumplir una pena de prisión –aunque no comportase el ingreso efectivo entre rejas–.

El auto de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona –al que ha tenido acceso el Diari– tiene fecha del pasado 2 de mayo y ocupa cinco folios. Recoge que después de la sentencia firme dictada el 27 de diciembre de 2016, la concejal solicitó el pasado 15 de enero la sustitución de la pena de prisión por la multa.

El Ministerio Público se opuso dado que la ejecución de sentencia se inició con posterioridad a la entrada en vigor de Ley Orgánica 1/2015 de reforma del Código Penal, que no recoge la posibilidad de sustitución de la pena de prisión.

La Audiencia señala que el Código Penal a aplicar sería aquel en que se ha producido los hechos, sin perjuicio de aplicar en ejecución el Código Penal que en su conjunto resulte más beneficioso  para el afectado. 

Laia Estrada solicita la aplicación del Código Penal anterior a la reforma de 2015: «Debemos entender que le resulta más beneficioso y por ello se acoge su criterio», recalcan los magistrados. 

En el presente caso, recalcan los jueces, ha quedado acreditado que la penada no es una delincuente habitual, y que la pena que se le ha impuesto no excede de los dos años de prisión. Por otra parte, se desprende que el cumplimiento de la pena no reportaría ningún beneficio en cuanto a su reinserción laboral, «antes lo contrario, sería un factor perturbador de la misma».

Sobre la pena sustitutiva, en vista a las alegaciones, la Audiencia Provincial estima más oportuna la pena de multa, dado que no comporta desvinculación de la persona condenada con su entorno social y de trabajo, a diferencia del trabajo en beneficio de la comunidad.

Por ello, se sustituyen los tres meses de prisión por 180 cuotas, fijando una cuota diaria a pagar de 10 euros. Como estuvo un día detenida –lo que supone dos días de multa–, finalmente se han dejado en 178 jornadas, 1.780 euros a pagar en tres plazos mensuales, dentro de los cinco primeros días de cada mes, a contar a partir del siguiente a esta resolución.

Hace más de ocho años

Los hechos que han sido juzgados y que han terminado conociéndose como el Caso Bershka se remontan al 7 de enero de 2009, día de inicio de las rebajas, en el que los tres activistas participaban en una acción de denuncia contra la presión de la industria de la moda sobre las mujeres ante la tienda de ropa Bershka, situada entonces en la Rambla Nova.

Desde el establecimiento se avisó a la Guàrdia Urbana, y al personarse las patrullas, los tres encausados terminaron en un portal con versiones contradictorias sobre lo ocurrido.

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