Comienzan a imponerse multas a los usuarios de patinetes

La Guardia Urbana ha multado a dos personas desde mediados del mes de marzo y ascienden a cien y doscientos euros

29 mayo 2019 07:29 | Actualizado a 29 mayo 2019 07:31
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Las imprudencias en patinete eléctrico también se pagan, y cada vez más. El crecimiento exponencial de su presencia en las calles obligó al Ayuntamiento de Tarragona a redactar un decreto sobre su circulación en la vía pública, y no todos los usuarios se comportan de la forma adecuada. 

La Guàrdia Urbana de Tarragona ya ha multado a dos personas por ir de forma imprudente. Tras finalizar el periodo informativo, a mediados del mes de marzo, los agentes han detectado a dos personas que circulaban sin respetar la normativa municipal.

La primera multa se ponía el día 15 de marzo, cuando una patrulla de agentes detectó un vehículo de movilidad personal (VMP) en el que viajaban dos personas. En este caso, la sanción fue de cien euros.

La segunda se impuso el día 24 de abril, cuando se detectó un segundo episodio de infracción viaria, ya que un usuario no se paró en un semáforo. La multa fue de doscientos euros. En ambos casos, el importe podrá reducirse a la mitad si se paga antes de veinte días desde el momento en el que se reciba la notificación.

La proliferación de estos vehículos en la ciudad es una realidad que ha obligado a limitar determinadas situaciones. Por ejemplo, si uno lo maneja escuchando música con los auriculares o mirando el teléfono móvil, la Guàrdia Urbana puede sancionarlo. 
En Tarragona, hasta el momento los agentes se habían dedicado a hacer pedagogía. En cambio, en la ciudad de Barcelona hace tiempo que ya se actuó para regular esta práctica y tan solo durante el año pasado los agentes multaron a 3.000 personas.
Aquí, la concejalía de Mobilitat aprobó en diciembre del año pasado una modificación en la Ordenança General de Convivència i Ús dels Espais Públics, para clarificar algunos aspectos que no acababan de definirse sobre la utilización concreta de este medio.

Los vehículos de movilidad personal que tengan motor han quedado enmarcados en el artículo 62 de la ordenanza, para ser así equiparados a las bicicletas. Así, deben circular por las zonas reservadas o por la calzada. Los patinetes eléctricos, como las bicicletas y los monopatines, únicamente pueden circular por las áreas reservadas a los peatones respetando la prioridad de paso de estos y adecuando su velocidad a la del paso de una persona.

Por la derecha de la calzada

Así, entre las infracciones que se sancionan figura circular por la acera a una velocidad superior a los seis kilómetros por hora, incumplir la obligación de ir por la derecha de la calzada –excepto al realizar una maniobra de cambio de dirección– o conducir el patinete usando auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido.

También serán multados aquellos vehículos de movilidad personal no eléctricos –monopatines, patines o similares– que circulen por la calzada. Llevar uno de estos dispositivos eléctricos sin disponer de timbre o sistema adecuado de freno será también objeto de sanción. Asimismo, también se prohibe a los patinetes eléctricos llevar a pasajeros y, en general, no respetar la normativa en materia de tráfico, como cualquier bicicleta. Tienen que llevar luces adecuadas para los tramos señalizados con la señal de ‘túnel’ o para circular «cuando hay condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad».

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