Condenado por denunciar falsamente que le habían atracado en plena calle en Tarragona

Un Juzgado de Instrucción abrió diligencias tras recibir el atestado policial

19 mayo 2017 17:49 | Actualizado a 21 mayo 2017 15:26
Se lee en minutos
Participa:
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

Temas:

Un hombre que denunció que le habían atracado en plena calle –a pesar de no ser verdad– ha sido condenado al pago de una multa de 270 euros por un delito de simulación delictiva, con la atenuante de dilaciones indebidas y también de confesión. Así lo recoge una sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Tarragona y que ha sido ratificada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, que ha rechazado el recurso de apelación del procesado.

El acusado, Daniel M.R. –con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia– el 20 de noviembre de 2013 denunció en la comisaría de los Mossos d’Esquadra de Tarragona que el día anterior había sido víctima de un robo con violencia. Durante el mismo dijo que le habían sustraído diversos objetos, entre los que se encontraba una teléfono móvil Apple iPhone 5. Una persona se le acercó por detrás, le estiró el bolso que portaba y se lo llevó. Tras la denuncia se abrieron diligencias previas en el Juzgado de Instrucción número 4 de Tarragona –fueron sobreseídas el 11 de diciembre–.

El día 25 de noviembre el instructor del caso de la Unitat d’Investigació del Tarragonès citó a la presunta víctima a la comisaría. Una vez allí reconoció que los hechos no habían sucedido, que «se inventó los hechos denunciados».

En el recurso de apelación contra la sentencia inicial, el abogado del acusado no negó los hechos declarados como probados sino que los mismos no son constitutivos de delito alguno al haberse personado su cliente en las dependencias policiales. Por ello, el letrado considera que esa retracción antes de que se hubieran iniciado actuaciones procesales exime a su cliente de toda responsabilidad penal.

Para la Audiencia Provincial, no puede hablarse de tentativa de delito de simulación de delito porque tras recibirse las diligencias policiales en el Juzgado de Guardia –el número 5–, se acordó por reparto que el caso fuera a parar al Juzgado de Instrucción número 4, que abrió diligencias previas. Sólo este traspaso ya constituye, según los magistrados, una actuación procesal.

Comentarios
Multimedia Diari