Cuatro absueltos de falsificar cédulas de habitabilidad en Tarragona

Los procesados son un arquitecto y tres funcionarios de la Generalitat

25 septiembre 2018 11:50 | Actualizado a 04 octubre 2018 12:19
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Tres funcionarios del Departament de Medi Ambient i Habitatge de la Generalitat y un arquitecto han sido absueltos por la Audiencia Provincial de Tarragona de haber falsificado cédulas de habitabilidad durante varios años.

El fiscal les acusaba de los delitos continuado de falsedad en documento oficial y otro continuado de negociaciones prohibidas a funcionarios. Todos se enfrentaban a penas de multa y el arquitecto, también a prisión. En concreto, el arquitecto emitía certificados sin haber inspeccionado la casas.

La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, que consta de 73 páginas y a la que ha tenido acceso el Diari, recoge que uno de los acusados es arquitecto de profesión y está colegiado desde 1989. Entre los años 2000 y 2009 entregó certificados de habitabilidad que contenían únicamente su firma y el sello oficial del Col·legi d’Arquitectes de Catalunya a otro acusado –ya fallecido–, que era funcionario de Cós Superior d’Arquitectes de la Generalitat y que trabajaba en el mencionado Departament de la Generalitat y para quien el arquitecto procesado había prestado servicios en su despacho profesional cuando estudiaba arquitectura.

Tramitar los expedientes

Durante este periodo de tiempo, el mencionado funcionario se encargaba, entre otras funciones, de la tramitación de expedientes de concesión de cédulas de habitabilidad, uso de esos certificados entregados por el acusado, rellenando los datos de las viviendas a los que se referían los expedientes que tramitaba en el ejercicio de sus funciones, la fecha en la que se emitían y el nombre del arquitecto encausado como autor del certificado.

Incorporaba los certificados a dichos expedientes de concesión de cédulas de habitabilidad de segunda ocupación, sin que ninguna de dichas viviendas hubiera sido visitada por el arquitecto.

Para los magistrados, no ha quedado acreditado que los datos incluidos en dichos certificados de habitabilidad firmados por  el arquitecto y completados por el fallecido no se ajustaran a la realidad de las viviendas certificadas, ni que se hubiese revocado por parte de la Administración ninguna de las cédulas concedidas en estos expedientes tramitados por no reunir las viviendas los datos que se incluían en los referidos certificados de vivienda usada.

Los otros acusados

Los otros tres acusados, entre 2000 y 2009 también ejercían como funcionarios del Cós d’Arquitectes Tècnics del Departament de Medi Ambient i Habitatge de la Generalitat en Tarragona. Durante este periodo, emitieron diversos certificados de habitabilidad como arquitectos técnicos ejerciendo su actividad privada, que después se incorporaron a expedientes de concesión de cédulas de habitabilidad de segunda ocupación, que se tramitaron en la oficina administrativa del Departament.

A los tres arquitectos que trabajaban como funcionarios se les autorizó la compatibilidad para el ejercicio de la actividad pública y privada paralelamente. A los tres, la Generalitat les incoó expediente disciplinario, declarándose los tres caducados. A uno de ellos se le abrió otro, que quedó en suspenso hasta que hubiese resolución judicial.
 

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