Desestimados dos contenciosos administrativos contra el POUM de Tarragona

De los 25 recursos que se habían presentado contra el plan general aprobado de forma definitiva en 2013 tan solo sigue su curso el que presentó la empresa CLH, y que ahora está en manos del Tribunal Supremo

16 marzo 2019 17:51 | Actualizado a 18 marzo 2019 19:29
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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJCat) ha sentenciado favorablemente al contenido del Pla d’Ordenació Urbana Municipal (POUM) de Tarragona y ha desestimado dos recursos contenciosos administrativos que se habían presentado en el año 2013, cuando se hizo la aprobación definitiva de este documento. Los recursos los habían interpuesto la empresa Tecnotura SL, en relación al Pla de Millora Urbana 13b, y los propietarios de Pou Boronat, afectados por el Pla Parcial 30.

En ambos casos, las partes afectadas cuestionaban la viabilidad económica del plan general y solicitaban su nulidad. Pese a ello, la justicia ha fallado a favor del Ayuntamiento y de la Generalitat ya que considera que «en el reparto de los beneficios y cargas, no está acreditado que vulnere el plan general, como tampoco hay una razón sustancial para la nulidad de la agenda y el estudio financiero del plan de ordenación urbanística municipal».

El TSJCat, no obstante, apunta que ahora las parte pueden presentar un recurso de casación.  La aprobación definitiva del texto refundido del plan general, hace seis años, suscitó la presentación de 25 recursos contenciosos administrativos. A lo largo de este periodo, su totalidad han sido suspendidos, desestimados o han caducado, avalando el texto redactado desde el Ayuntamiento de Tarragona y aprobado por el conseller de Territori i Sostenibilitat. 

En estos momentos tan solo uno sigue su curso, que es el que presentó la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH) y que ahora está en manos del Tribunal Supremo.  La administración autonómica, como última responsable de la aprobación del POUM, junto con el Ayuntamiento, presentaron un recurso de casación después de la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, que anulaba la totalidad del plan general. Pese a ello, al no ser una sentencia firme, el texto sigue vigente.

La sentencia se daba a conocer el pasado 5 de mayo y ponía de manifiesto el pulso del Ayuntamiento de Tarragona con la empresa, que tiene que abandonar los terrenos en los que está ubicada, para facilitar la conexión del centro de la ciudad con los barrios de Ponent. No obstante, la compañía defiende la ubicación «estratégica» de unas instalaciones que se construyeron en 1927 por parte de la antigua Campsa. Además, considera que un cambio de emplazamiento afectaría a su actividad. La sociedad defiende que tanto para la recepción de productos petrolíferos como para su distribución, dada su cercanía y conexión con la refinería, y con los puntos de carga y descarga de combustible del Port de Tarragona y las empresas logísticas, un cambio sería perjudicial. La resolución definitiva del recurso de casación por parte del Supremo podría tardar años.

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