El Col·legi de l’Advocacia de Tarragona insta a esperar al día 5 para reclamar

Sólo recomienda presentar la petición en caso de que el plazo de prescripción finalice antes del próximo lunes

30 octubre 2018 10:31 | Actualizado a 17 noviembre 2018 19:09
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El Col·legi de l’Advocacia de Tarragona recomienda que los clientes que están a la expectativa para solicitar la devolución del impuesto sobre Actes Jurídics Documentats (AJD) esperen al próximo lunes, tras el la celebración del esperado pleno  de la sala 3ª de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, para interponer la reclamación ante la Agència Tributària de Catalunya para que les ingrese el dinero que pagaron para liquidar el tributo. Actualmente, este impuesto es el 1,5% del valor del préstamo hipotecario, lo que significa que, para una hipoteca de 100.000 euros, podrían reclamar unos 1.500 (más IVA) por este concepto.  

Así lo aseguran los copresidentes de la sección de Civil de la entidad tarraconense, Irma Roldán y Antonio Arenas, los cuales afirman que los casos más urgentes son los que están al límite de los cuatro año que hay para que prescriba el plazo para reclamar por ingresos indebidos, que son los que firmaron la hipoteca hasta el 5 de noviembre de 2014. «En estos casos sí que deben presentar la petición de manera urgente, ya que de esta forma se interrumpe el plazo de prescripción y tienen margen para esperar la decisión definitiva», indica Arenas

Irma Roldán: «La sentencia es firme, pero debemos conocer los criterios del Supremo. Hay inseguridad jurídica»

«Estamos a la espera, de momento hay una gran inseguridad jurídica», lamenta por su parte Roldán, quien remarca que los casos que se firmaron a partir del 5 de noviembre de 2014 «se pueden esperar hasta conocer los criterios definitivos del tribunal, que es el que marca doctrina de obligado cumplimiento». 

Roldán, de hecho, recuerda que la de los gastos hipotecarios es una cuestión que ya ha sufrido varios cambios de interpretación a lo largo de los últimos años, en parte debido a los recursos presentados a nivel europeo. «Todo el mundo está a la espera, de hecho me consta que se han suspendido firmas ante notario desde el día que salió la primera sentencia», recuerda Roldán, quien añade que, por los despachos de Tarragona, se han dado algunos casos curiosos a lo largo de los últimos días.

Antonio Arenas: «Deben presentar la petición de forma urgente los que firmaron hasta el 5 de noviembre de 2014»

«Hay de todo. Hay entidades financieras que primero especificaron que serían ellas las que asumían el coste del impuesto y que, al día siguiente, ya no lo ponían», remarca. También hay ejemplos en los que caduca el plazo del contrato de arras. «En estos casos, o se prorroga el plazo o los posibles compradores pierden la firma», indica. Roldán afirma, sin embargo, que la sentencia del pasado 19 de octubre no será tirada hacia atrás, ya que «nadie ha recurrido en el plazo establecido», por lo que la sentencia es firme. Esto significa que, a partir de la decisión definitiva, serán los bancos los que pagarán el tributo, si bien la duda está en ver la retroactividad que se especifique. 

Pacto con el banco
Por otra parte, Antonio Arenas,  realiza otro enfoque, que no es el de la relación entre el banco y el adquiriente del inmueble, sino la que hay entre el comprador y el vendedor. «Hay casos de riesgo que se han mantenido, como son en los que el vendedor no se puede esperar a la decisión del Supremo, o que el comprador pierde la paga y señal si no se firma antes del lunes. En estos casos no se ha suspendido la operación», recalca el miembro del colegio. 

Arenas de hecho, especifica que en estas situaciones «se puede pactar con la entidad financiera. Hay un mes desde la firma para liquidar el impuesto, por lo que se puede incluir que se pagará en función de la decisión del Tribunal Supremo de este lunes». 

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