Tarragona pierde un contencioso por la zona de pisos junto a Tabacalera

La empresa denunciante pide que se ejecute la sentencia que afecta a unos bloques habitados y otros por construir

14 enero 2021 18:50 | Actualizado a 15 enero 2021 11:23
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La zona junto a Tabacalera ha concentrado buena parte de la actividad constructiva de la ciudad en los últimos años. El solar que antiguamente ocupó la Azufrera y Fertilizantes Pallarès SA, entre la Avinguda Vidal i Barraquer y la calle Manuel de Falla, está ocupado ahora por grúas y grandes bloques de pisos, una actividad que podría verse alterada por una sentencia que dictó en 2015 el Jutjat Contenciós Administratiu número 1 de Tarragona, contraria a la tramitación urbanística por parte del Ayuntamiento.

Todo arranca a raíz de una denuncia presentada el 2 de septiembre de 2014 por la empresa Platja de Futur de Tarragona SL, que tenía en propiedad una pequeña parte de los terrenos en esta isla, incluidos dentro del ámbito del PERI 2. La sociedad –que hace aproximadamente un año fue absorbida por la empresa Via Romana SL– presentó un recurso contencioso administrativo contra la resolución municipal que desestimó un recurso de reposición contra la aprobación definitiva del proyecto de regulación de fincas del plan especial de ordenación y concreción del subsuelo del proyecto de reparcelación. La sociedad exigía que antes de que el Consistorio concediera la licencia de obras, tenía que resolverse un proindiviso vinculado a la isla interior de la zona de viviendas. Al no hacerse, el recurrente alegó que la actuación municipal «vulnera el derecho de propiedad», que «el instrumento de gestión elegido es inadecuado» y que se cometieron «diversas infracciones de derecho civil». «La decisión del Ayuntamiento iba totalmente en contra de la sociedad minoritaria, que somos nosotros y al final nos han dado la razón», dice Antonio Gomis.

Platja de Futur de Tarragona SL ponía en tela de juicio el procedimiento utilizado por Rapejun SL, que es el propietario mayoritario, y que avaló el Ayuntamiento. El magistrado también lo consideró y el 22 de diciembre de 2015 se hacía pública la sentencia según la cual quedaba anulando el proyecto de regulación de fincas impugnado, que quedaba «sin efecto alguno».

En esta misma línea se pronunció el 24 de mayo de 2018 la sección tercera de la sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, que desestimó el recurso de apelación interpuesto por parte del Ayuntamiento y la mercantil Rapejun SL. El alto tribunal defendió que el procedimiento seguido por la administración fue «inidóneo» y dictaminó la necesidad de redactar un proyecto de reparcelación para la regulación urbanística del espacio libre de edificación de las fincas 43, 44, 45, 46-1 y 46-2.

Mientras toda esta cuestión seguía en los juzgados, en el periodo entre 2008 y 2020 Rapejun solicitó al Ayuntamiento varias licencias de obras, para las diferentes fases en las que se programó la construcción de hasta 330 viviendas. Una parte de los bloques está a la espera de poder construirse, en la otra ya hay pisos ocupados desde hace algunos años. Mientras tanto, la antigua Platja del Futur está a la espera de que el juez dictamine cómo tiene que ejecutarse la sentencia, dada la complejidad de la situación. «Cómo acabará no lo sabemos ya que tampoco sabemos qué dirá el juez», decía Gomis.

La empresa ya ha pedido en hasta dos ocasiones que se pronuncie para poder cerrar el proceso. La última fue en noviembre, cuando a causa de la Covid se suspendió. A partir de ahí, la sociedad mercantil estudiará la posibilidad de construir en su parte de los terrenos, en los que se prevé un bloque de cuarenta apartamentos. Fuentes municipales destacan que la resolución afecta a una actuación administrativa anterior a la sentencia de anulación del POUM, por lo que se asegura que «habrá que esperar» el nuevo escenario urbanístico.

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