El estado de alarma multiplica las dudas entre los padres separados

Los juzgados de familia de Tarragona y Reus se adhieren a los criterios de los de Barcelona. El estado de alarama no suspende el régimen de custodia ni de visitas, pero hay muchas dudas

26 marzo 2020 18:50 | Actualizado a 26 marzo 2020 19:20
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Nada más saberse que se implementaría el estado de alarma, abogados de familia y también psicólogos, comenzaron a recibir una aluvión de consultas de padres separados sobre si los regímenes de visita debían mantenerse.

Desde entonces se han sucedido todo tipo de informaciones, algunas de ellas contradictorias.

Paco Zapater, abogado de familia, señala que en el caso de Tarragona los criterios que se están siguiendo son los de los Juzgados de Familia de Barcelona (a los que se han adherido los de Tarragona y Reus) y los de la Fiscalía General del Estado y del Consejo General del Poder Judicial.

Obligados a cumplir

Lo primero que queda claro, al revisar estas pautas, apunta Zapater, es que «la declaración de estado de alarma no legitima el incumplimiento de resoluciones judiciales ni suspende ningún régimen de custodia compartida o de visitas».

También se indica que los progenitores procurarán ponerse de acuerdo, «pero en caso de desacuerdo y para reducir al máximo la movilidad, la responsabilidad parental la ejercerá el progenitor custodio (en supuestos de custodia exclusiva) o por el progenitor que ostentaba la guarda en el momento del decreto de estado de alarma».

También hay acuerdo en que el caso de que alguno de los padres tenga coronavirus o presente síntomas, es preferible que la custodia la ostente el otro.

Además, el padre que tenga a los hijos, deberá facilitar su contacto con el ‘no custodio’ por medios telemáticos. Si fuera el caso, el padre que no haya tenido al hijo durante el estado de alarma el tiempo que le correspondía, será compensado tras su levantamiento.

Debido al mismo estado de alarma, recuerda el abogado, se han suspendido las visitas en los puntos de encuentro familiar.

No obstante, señala Zapater, en caso de conflicto la decisión última corresponde al juez que decretó el divorcio, pero mientras dure el estado de alarma, no es posible porque solo se decidirán «los casos que supongan un riesgo para la salud del menor, pues los plazos judiciales están suspendidos».

Necesario sentido común

Pero lo inusitado de la situación hace que surjan más dudas más allá del aspecto meramente legal. Núria Vázquez, psicóloga Forense, Coordinadora de Parentalidad del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña (COPC) y profesora del Departamento de Psicología de la URV, explica que desde el decreto del estado de alarma comenzaron a surgir todo tipo de dudas porque la casuística que se puede presentar en cada familia es enorme.

Vázquez recomienda, ante las dudas que surjan, «utilizar el sentido común y poner al máximo la capacidad de diálogo entre padre y madre... Ningún progenitor debería utilizar una situación tan grave como esta para sus batallas personales».

Al tratarse de una situación excepcional y de urgencia colectiva, cree que ambos progenitores «deberían hablar y valorar limitar en todo lo posible los traslados y la alternancia de estancias en los diferentes domicilios, siempre con racionalidad y con el imperativo de preservar la salud tanto de los menores como de los adultos que puedan convivir con ellos».

Así, por ejemplo, aboga por suspender los contactos breves (tardes, horas) sustituyéndolos por contactos a través de las nuevas tecnologías.

Si ninguno de los progenitores está contagiado o en cuarentena (y no hay personas vulnerables en los núcleos familiares) sería lógico mantener las alternancias de custodia compartida. Si se está haciendo ‘casa nido’ (los hijos permanecen en la casa y los padres se alternan), podría seguirse con la alternancia asegurando que en el segundo domicilio donde pernocten los padres no haya nadie en cuarentena o vulnerable (como abuelos).

Si en el domicilio de alguno de los progenitores hay personas con síntomas de coronavirus o en cuarentena, debería evitarse que los niños fueran allí, pero si ya están ahí, debería evitarse que fueran al otro domicilio.

En caso de que los padres decidieran dejar en suspensión las alternancias de domicilio y los contactos mientras dure el confinamiento para elegir el «mejor» domicilio donde confinarse, deberían tener en cuenta si los padres deben salir a trabajar procurando que se haga cargo el padre o la madre que pueda teletrabajar y que menos vaya a salir de casa. En los casos donde alguno de ellos sea personal sanitario o de servicios de emergencia o seguridad o trabaje de cara al público deberían valorar la posibilidad de que los hijos permanecieran con el otro progenitor.

En fin, estas recomendaciones difícilmente recogerán todas las circunstancias particulares, explica la psicóloga, «pero los niños y niñas pueden estar suficientemente desorientados por esta situación, como para necesitar que sus adultos responsables sean coherentes y dialogantes. Que esta crisis sea una oportunidad para dar ejemplo a vuestros hijos, y si el contacto presencial no es posible, utilizar las nuevas tecnologías para que los niños puedan comunicarse no sólo con el otro progenitor o progenitora, sino también con el resto de su familia extensa».

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