El fiscal pide 10 años de cárcel para el exdirector de la Ciutat Residencial de Tarragona

El Ministerio Público le acusa de haberse casado en el complejo -donde también hizo el banquete- y de haber alojado a los invitados y darles desayuno a cuenta de la Generalitat

19 mayo 2017 15:33 | Actualizado a 19 mayo 2017 15:33
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La Fiscalía pide diez años de prisión para el exdirector de la Ciutat de Repòs i Vacances de Tarragona, Miquel Gubert, por un delito continuado de malversación de caudales públicos, falsedad documental, infidelidad en la custodia de documentos y otro delito de actividades o negociaciones prohibidas. Supuestamente, cobraba una tarifa muy inferior a las personas que se alojaban en el complejo y que habían formalizado la reserva a través de dos sociedades –creadas por su esposa y un amigo, también encausados en la causa–. Asimismo, se casó en la Ciutat Residencial, corriendo los gastos del banquete, las habitaciones y los correspondientes regalos a cargo de la Generalitat. El acusado fue despedido al conocerse los hechos. El asunto será juzgado con un jurado popular este año en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona.

Miquel Gubert fue director de la Ciutat Residencial del 7 de febrero de 2000 hasta el 16 de agosto de 2007 segúna una orden del Departament de Treball i Indústria de la Generalitat. La acusación también se dirige contra Yolanda G., quien desde el 22 de abril de 2003 ostenta el puesto de administradora única de la empresa Allegro&Divertimento SL y desde el 5 de noviembre de 2005 es esposa de Miquel. Ella también era administradora única de CTAIMA Outsourcing¬&Consulting SL. También figura como investigado Sergi N., quien desde 1999 es socio de Limonium SCP, una sociedad constituida en Reus de la que también llevaba la gestión.

Precios inferiores

Según las conclusiones provisionales a las que ha tenido acceso el Diari, Miquel Gubert aplicó premios inferiores a los públicos oficiales a los servicios de estancia y alojamiento en la Residencia cuando las reservas se formulaban a través de Limonium SCP y Allegro&Divertimento. Facturaba así por debajo de los precios oficiales publicados anualmente. Lo hizo durante el periodo de 2003 a 2006 a Limonium SCP y durante el 2007, a Allegro&Divertimento. La primera empresa obtuvo un beneficio de al menos 7.664,06 euros, en perjuicio de la Generalitat de Catalunya, mientras que la segunda fue de 837,50 euros. A las reservas que se hacían a través de estas empresas se le aplicaban precios inferiores y se le eximía de la necesaria fianza.

Los precios oficiales establecidos se incorporaban al programa informático de la Residencia, de manera que la facturación y contabilización posterior era susceptible de control. El acusado, «con conocimiento del sistema de control y con el fin de faltar a la verdad en la facturación y contabilidad generada por el sistema», ordenó la creación de un código bajo el que se registraban las reservas que procedían de las dos empresas antedichas.

El director puso las instalaciones y el personal de la residencia para llevar a cabo actividades de Casal d’Estiu, estancias escolares, fiestas de aniversarios y bodas, del años 2005 al 2007, a disposición de la empresa Allegro&Divertimento, generando para ésta el beneficio económico resultante en vez de generarlo a la Generalitat.

El procesado también dispuso de las instalaciones de la residencia para llevar a cabo actos programados por el acusado para la empresa CTAIMA, sin que la mencionada empresa pagara importe alguno a la cuenta de la Residencia, constatándose que dichos gastos fueron imputados por orden directa del acusado a cargo de costes de los residentes o usuarios de dicha Residencia.

El perjuicio económico generado ha sido cuantificado en 35.102,27 euros por la Intervenció Territorial de Tarragona del Departament d’Economia i Finances de la Generalitat.

Boda por todo lo alto

El 5 de noviembre de 2005, Miquel Gubert dispuso de las instalaciones y del personal de la Residencia para celebrar su boda, a cargo del presupuesto de la Generalitat de Catalunya.

La celebración constaba no solo «de una completa cena –con aperitivos fríos y calientes, primero, segundo, postre, café y barra libre–» sino que los invitados que lo desearon se alojaron en la Residencia, hallando en sus habitaciones una cesta con fruta fresca y siendo agasajados con el desayuno del día siguiente: chocolate caliente, coca, pan con tomate, jamón y queso, pan tostado, mermelada y mantequilla. Todo ello contándose un total de unos 200 invitados, niños aparte.

El coste del banquete, obsequios entregados a los invitados y desayuno servido a la mañana siguiente ha sido pericialmente tasado en 8.816,14 euros, y el de las habitaciones ocupadas por los invitados en al menos 1.151,36 euros, además de 392,52 del coste de la sala de actos. En total 10.360,02 euros.

Para uso privado

El procesado, según asegura el fiscal en su escrito de acusación, dispuso de apartamentos del recinto para su uso privado, uno como residencia, otro como gimnasio y los otros dos vacíos –todos ellos situados en el bloque 8–, dando instrucciones para evitar la ocupación de cualquier otro de los que se encontraban en dicho bloque, «que quedó así totalmente reservado para el acusado, mermando la legítima expectativa de la Generalitat de Catalunya en la obtención de un ingreso», que ha sido pericialmente tasado en la suma de 95.969,83 euros.

La organización de los acontecimientos anteriormente descritos (comidas, banquetes, cumpleaños, Casal d’Estiu, actividades de alojamiento para grupos escolares, etc ) se documentaban en los correspondientes expedientes, que eran custodiados por el director, quien los destruyó en fecha no determinada pero en todo caso anterior al 16 de agosto de 2007, fecha en la que se dictó la resolución de despido. Ese día, el Secretari General del Departament de Treball de la Generalitat dictó una resolución imponiendo al acusado la sanción de despido, siendo confirmado como «procedente» en virtud de una sentencia de 7 de marzo de 2008 por el Juzgado de lo Social número 2 de Tarragona.

La Generalitat reclama la indemnización que le pueda corresponder. Incoado el expediente administrativo correspondiente a la averiguación de los hechos, el acusado ingresó el 21 de junio de 2007 la suma de 720 euros en la cuenta de la Generalitat.

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