El juez archiva la causa sobre los embalsamamientos de Serfumt en Tarragona

El magistrado considera que no se ha cometido delito de intrusismo porque dicha práctica era realizada o supervisada por el médico forense ni tampoco falsificación documental

12 noviembre 2017 17:12 | Actualizado a 12 noviembre 2017 17:16
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La investigación abierta hace un año sobre supuestas irregularidades en el embalsamamiento y conservación de cadáveres en el Tanatori Municipal ha sido finalmente archivada por el juez instructor. Considera que de lo investigado no se puede entrever ninguna infracción penal por mala praxis del médico forense. El magistrado, en su auto, recuerda que dichas prácticas eran hechas o supervisadas por dicho facultativo, por lo que no puede haber delito de intrusismo, ni tampoco falsedad documental. 

La investigación del Àrea d’Investigació Criminal de los Mossos d’Esquadra se inició a raíz de la denuncia de un extrabajador de Emserfumt (Empresa de Serveis Funeraris Municipals de Tarragona), que había sido despedido en julio de 2016. Manifestó que había ejercicio de funerario de primera y que había sido testigo de como la práctica de embalsamamientos y conservación de cadáveres se llevaba a cabo de forma habitual por un encargado de taller y otros empleados sin titulación, incluido él mismo.

El denunciante añadía que, según él, este acto requiere de la presencia de un médico. Y señalaba que todo ello se hacía con la connivencia del gerente y del contable de la empresa. Y comentaba que oponerse a acatar las órdenes o quejarse de esta irregularidad suponía represalias.

¿De guardia?

Por otra parte, el denunciante decía que la práctica habitual era que las administrativas de recepción no ofreciesen toda la información a los parientes de los difuntos. Les indicaban que se hacía por un médico determinado que estaba de guardia, sin ofrecerles la posibilidad de designar a otro. Denunciaba que el médico no estaba presente en la práctica de estos actos sino que las actas eran firmadas con posterioridad o que incluso el facultativo dejaba folios firmados en blanco. Ello era la práctica habitual entre 2002 y 2014, cuando debido a una discusión con la empresa se dejó de hacer.

De las investigaciones policiales se recoge que entre 2009 y 2017 se realizaron 657 tanatopraxias, de las cuales un 87,2% fueron firmadas por el médico investigado. Asimismo, entre los años 2002 y 2017 se practicaron 471 conservaciones de cadáveres y 186 embalsamamientos, de los cuales 434 y 139 habrían sido realizados por dicho médico forense.

La especialidad del forense lo habilita para la práctica de tanatopraxias pero que, dado que se trata de una actividad privada, se precisa de una autorización administrativa por motivos de compatibilidad, y que se haga fuera de horario prestado como funcionario público.

En el caso de Catalunya, según recuerda el juez, un decreto exige simplemente la certificación de la intervención por parte del médico, responsabilizándose de la misma, «de lo que se infiere que no se prohíbe la posibilidad de delegar a técnico u otros profesionales que son quien, en la práctica, llevan a cabo los actos específicos de embalsamamiento y conservación», siendo el médico el último responsable. Por ello, señala el magistrado, no puede haber un delito de intrusismo.

Por lo que se refiere al delito de falsedad documental, el magistrado tampoco no lo ve. Recuerda que los documentos estaban firmados por el facultativo, «de lo que se infiere que supervisaría los actos y prácticas realizados (en el caso de que no hubiera intervenido personalmente en su práctica)». Además, no existiría ningún perjuicio para terceros porque el acto en sí se realizó.

El juez, en el auto, recuerda que  no hay delito, «sin perjuicio que tal actuación pudiera dar lugar a responsabilidad administrativa o disciplinaria ante el organismo del que depende el investigado –el médico forense–, tanto por la práctica de delegación de las técnicas tanatológicas como por la necesidad de autorización previa para la práctica de esta actividad privada (...) y la posibilidad de compatibilizar las actividades atendiendo al volumen de trabajo que el parecer ha supuesto tal actividad privada, o incluso de infracción tributaria si fuere el caso por los emolumentos recibidos por tal actividad –el facultativo habría facturado entre 2002 y 2007 458.795,78 euros–». 

Satisfacción en la empresa

«Satisfacción, aunque el fiscal no ha dicho la última palabra», en referencia a que puede presentar recurso. Así se manifestaba ayer al Diari el presidente de Emserfumt, Mariano Herráiz, quien añadía que el auto demuestra «que ha habido profesionalidad en un tema tan delicado como son los difuntos». Reconocía que la denuncia ha hecho daño a la empresa, «pero por otro lado te sirve para corregir si hay algunos defectos o falta de control. En base a ello hemos mejorado». En este sentido afirmaba que se pudieron más medios administrativos para controlar el asunto así como también cámaras en estas salas.
Respecto al denunciante, Herráiz aseguraba que en su día fue despedido al parecer porque tenía varias «faltas». 

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