El juez envía a juicio al excalcalde de Els Pallaresos Jaume Domínguez

Está acusado de ofrecer dos obras municipales a un constructor a cambio de hacerle una rebaja en el precio de unos trabajos en su casa. La causa está abierta contra 9 personas más

10 octubre 2018 19:57 | Actualizado a 11 octubre 2018 07:27
Se lee en minutos
Participa:
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

El juez ve indicios de delito en la adjudicación de dos obras públicas por parte del exalcalde socialista de Els Pallaresos Jaume Domínguez y por ello lo envía a juicio junto con otras nueve personas más. La causa está abierta por seis delitos: prevaricación administrativa, cohecho, malversación de caudales públicos, alteración de precios o concursos, falsedad documental y tráfico de influencias. Supuestamente, el edil habría supeditado dar los trabajos a una determinada constructora a cambio de hacerle un «buen precio» en unas obras que tenía que realizar en su domicilio. Pero la empresa no le hizo la rebaja deseada y se quedó sin el contrato. Las defensas pueden recurrir el auto de incoación de procedimiento abreviado ante la Audiencia Provincial.

En el listado de personas investigadas figuran la apoderada y los tres administradores mancomunados de la constructora que finalmente hizo los trabajos, dos arquitectos técnicos municipales, los administradores de otras dos empresas constructoras y el secretario-interventor del Ayuntamiento –hermano de la apoderada de la empresa que hizo las obras, cuñado de uno de los administradores mancomunados de la misma y tío carnal de otros dos encausados–. 

El auto consta de seis páginas. El magistrado del Juzgado de Instrucción número 4 desgrana cómo, a su entender, ocurrieron los hechos. A principios de septiembre de 2011, el alcalde Jaume Domínguez mantuvo una conversación con el constructor F.S.J. En el transcurso del contacto le ofreció realizar unas obras que en aquellos momentos estaban pendientes de ejecutar por parte del Ayuntamiento. Se trataba de dos muros en la calle del Vent y en la calle el Sol, con precios de ejecución por contrato de 48.388 y 21.515 euros, respectivamente. Pero había una condición para que se le adjudicaran las obras: con carácter previo tenía que ‘pasarse’ por el domicilio del alcalde, al objeto de presupuestar una obra «ajustando el precio al máximo».

El constructor acudió al mencionado inmueble y comprobó el tipo de obra a ejecutar: rehabilitación de terraza y escaleras exteriores. La empresa elaboró un presupuesto ajustado a los precios del mercado, a fecha de 15 de septiembre de 2011, por un valor de 14.610,80 euros. Tras presentar el documento, el constructor no tuvo más noticias del encargo hasta que se enteró de que las obras de la vivienda del alcalde habían sido adjudicadas a la empresa Agustí i Fills SA –cuya apoderada y los tres administradores mancomunados figuran como investigados en la causa– por un presupuesto a fecha 28 de septiembre de 5.730 euros, casi 9.000 euros menos que el anterior.

Pero con anterioridad, el 21 de mayo, la misma empresa ya había realizado un presupuesto de 6.843 euros. Fue entonces cuando el constructor F.S.J. solicitó por escrito al Ayuntamiento para que se le diera información del expediente relativo a la adjudicación de las dos obras públicas. Un decreto del alcalde con fecha 16 de noviembre le denegó la solicitud de revisión de los expedientes de contratación. Sin embargo, después de que la esposa del alcalde solicitara la licencia municipal de obras en su domicilio, el 11 de noviembre ya se había firmado un decreto de alcaldía concediendo el permiso, que tuvo el informe favorable del arquitecto técnico municipal. 

Peritaje

Un perito estuvo inspeccionando las obras realizadas en el domicilio del alcalde. Su informe determina que no concuerda en ningún caso el presupuesto con el alcance o volumen de las obras llevadas a cabo. Ello conduce al magistrado instructor a pensar que el acusado, «valiéndose de su condición de alcalde y pudiendo adjudicar directamente a una u otra empresa las obras de las dos calles –al tratarse de trabajos menores–, solicitó a varias empresas que presupuestaran unas obras en su vivienda a «buen precio» o «ajustando el precio al máximo» a cambio de adjudicarles la obra pública, siendo finalmente Obres Agustí i Fills SL quien presupuestó en menor cuantía las obras de su vivienda.

Dos decretos de alcaldía, de fecha 5 de octubre de 2011, procedieron a adjudicar los contratos por ser las ofertas económicamente más favorables, según el informe del arquitecto técnico municipal –también encausado–. Antes, el 30 de junio de 2010, había elaborado las memorias valoradas de las dos obras. Pero la empresa que posteriormente se adjudicó los trabajos ya había presentado el 17 de junio varios presupuestos para una de las obras. 

Tres ofertas

En junio de 2010 se paralizó la contratación y en julio de 2011 Obras Agustí i Fills SL presentó los dos presupuestos de la obra cuyas cuantías eran exactas a la memoria valorada y más favorables que otras dos empresas que también presentaron ofertas –cuyos importes excedían de la memoria valorada–. Para el juez, eso no tiene «lógica económica», por lo que cree que la única finalidad era actuar de común acuerdo o de forma concertada para alterar o influir en la adjudicación. Añade que entre las tres constructoras hay también relaciones comerciales y/o laborales.

El abogado de la acusación particular –en representación de la constructora que recibió la primera ‘oferta’–, Òscar Cabrero, declaró al Diari que «entendemos que existen indicios de la comisión de diferentes presuntos delitos, y así lo han apreciado tanto la Fiscalía como el juez instructor, mediante el dictado del auto de incoación de procedimiento abreviado.

Comentarios
Multimedia Diari