El secretario municipal de Tarragona contradice el orden del fiscal sobre el 1-O

Concluye que la Guardia Urbana solo puede actuar como policía judicial para impedir el referéndum en el caso de que actúen "funcionarios, autoridades o personas nombradas por éstos"

27 septiembre 2017 15:56 | Actualizado a 08 noviembre 2017 13:02
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Un informe del secretario municipal de Tarragona, al que ha tenido acceso Efe, contradice la orden del fiscal general del Estado, José Manuel Maza, de que la Guardia Urbana actúe como policía judicial para impedir el referéndum del 1-O, suspendido por el Constitucional.

El informe del secretario concluye que la Guardia Urbana de Tarragona solo puede actuar como policía judicial para impedir el referéndum en el caso de que actúen "funcionarios, autoridades o personas nombradas por éstos".

Las instrucciones del fiscal hacen referencia a que todos los cuerpos policiales actúen como policía judicial para impedir el referéndum por los presuntos delitos de desobediencia, prevaricación y malversación de fondos públicos.

Sin embargo, el informe señala que, según el Código Penal, estos delitos solo los pueden cometer cargos públicos y funcionarios.
El secretario también analiza qué leyes regulan a la Guardia Urbana, que debe regirse por la "neutralidad política e imparcialidad", sin que "puedan hacer discriminación alguna".

También se debe al "principio de jerarquía y subordinación y al de colaboración con la Justicia".

En este contexto legal, "una actuación que fuera más allá del sentido estricto de las instrucciones dadas por la Fiscalía Provincial podría atentar contra estos principios de actuación".

Esto provocaría "actuaciones que podrían considerarse abusivas, arbitrarias y discriminatorias".

El secretario entiende que quedan excluidos de las instrucciones de la fiscalía de impedir el referéndum los "partidos políticos, asociaciones o particulares sin ninguna relación con autoridades o funcionarios".

"Una actuación indiscriminada hacia los colectivos y ciudadanos favorables al referéndum (...) sería contraria a algunos de los derechos fundamentales y libertades públicas protegidos por la Constitución española".

Así, se incumpliría la igualdad de todos los españoles ante la ley (artículo 14); el de la libertad ideológica (artículo 16) y libertad de expresión y de información (artículo 20).

El informe también señala que "la convocatoria, promoción y participación en el referéndum, por ellos mismos, no constituyen delito".
El secretario municipal ha emitido este informe a petición de la concejal de la CUP Laia Estrada, en la oposición en el ayuntamiento, gobernado por PSC, PP y Units per Avançar (la extinta Unió).

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