Expedientan al juez de Familia de Tarragona por no dictar ninguna sentencia en dos meses

Tampoco ha firmado ni un auto, ni ha utilizado las herramientas informáticas. El TSJCat pronostica que la situación se agravará

04 noviembre 2019 10:39 | Actualizado a 05 noviembre 2019 20:09
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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya  (TSJCat) ha acordado abrir un expediente disciplinario al magistrado  Manuel Arce Lana, que está al frente del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Tarragona, que es el Juzgado de Familia.

La actuación del máximo órgano de los jueces catalanes llega después de las quejas recibidas por parte de los funcionarios del propio Juzgado así como de los abogados, que se quejaban de la inacción de este magistrado, que llegaba el pasado 2 de julio de Tarragona después de dejas una estela de polémica en los Juzgados que ya había estado en diferentes puntos de España.

Fue el presidente de la Audiencia Provincial de Tarragona quien recogió las inquietudes del personal. Y así se lo transmitió a la Sala de Govern del TSJcat en su última reunión.

En el acta de la reunión se indica que por parte del presidente de la Audiencia de Tarragona, Javier Hernández, se da cuenta de "diversas incidencias relacionadas con la marcha del Juzgado de Familia de Tarragona y, en concreto, de la actividad desarrollada por su titular". 

Las quejas de los profesionales

En concreto, Hernández menciona el escrito que la Secció de Família del Col·legi d'Advocats de Tarragona le hizo llegar, en la que ponía de relieve la "preocupación por la falta de respuesta judicial, en particular respecto a los incidentes de medidas provisionales, separaciones y divorcios consensuados y cuestiones de admisión de pruebas".

Asimismo, por parte de representantes sindicales le hicieron llegar al presidente de la Audiencia Provincial, durante una reunión, la alta preocupación por el modo en que el magistrado desarrolla su actividad, prescindiendo del uso de herramientas informáticas, trasladando a los funcionarios encomiendas y deberes que no les corresponde realizar.

También los propios funcionarios se entrevistaron con Javier Hernández. Le trasladaron sus quejas sobre el modo de proceder, que está provocando graves disfunciones en la marcha del juzgado, no habiéndose dictado hasta al menos el 2 de octubre ninguna sentencia ni auto resolutorio de medidas provisionales.

Por su parte, la Letrada de la Administración de Justícia de dicho Juzgado certificó la estadística trimestral del periodo de julio a septiembre de 2019, señalando que el magistrado no había dictado ninguna sentencia –constando una pendencia de 53 resoluciones- ni auto de medidas previas y provisionales –contabilizándose 14 pendientes-.  El juez se incorporó al Juzgado en fecha 2 de julio de 2019, disfrutando de vacaciones estivales en el mes de agosto.

La resolución

La Sala de Govern, después de escuchas todas estas explicaciones, entiende que, al menos de forma provisional, marcadores de "incumplimiento grave de los deberes judiciales de llevanza  ágil  de los asuntos y respuesta funcional que le incumben a todo juez".

Señalan los jueces que el Juzgado de Familia trata sobre temas que "se suscitan en los conflictos de familia, lo que obliga  a una actuación diligente  que, parece, en el caso no se ha producido. El trascurso de casi dos meses sin que se haya dictado ninguna sentencia resolviendo  las acciones de separación y divorcio sustanciadas ni tampoco ningún auto de medidas provisionales de las crisis familiares,  supone una fuente segura de perjuicios a las partes además de afectar a los  muy  exigentes niveles de funcionalidad a los que debe responder un órgano especializado en asuntos de familia".

Es más, dice la Sala de Govern, "la referencia a que el magistrado no utiliza ninguna herramienta informática introduce también un factor que permite pronosticar una agravación de la situación hoy analizada".  

Finalmente, "la Sala identifica razones suficientes para trasladar al Promotor de la Acción Disciplinara el presente acuerdo, al que se acompañará testimonio de los documentos precisados en los antecedentes, a los efectos disciplinarios que resulten procedentes”, un acuerdo que se tomó por unanimidad.

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