La pareja acusada de mandar a su bebé a la UCI seguirá en prisión

La Audiencia rechaza que la mujer salga de la cárcel al considerar que hay riesgo de fuga

30 marzo 2019 10:05 | Actualizado a 01 abril 2019 18:10
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La madre del bebé ingresado en estado muy grave en el Hospital Joan XXIII presuntamente por malos tratos seguirá en prisión preventiva –donde también se encuentra su pareja–. Así lo ha decidido la Sección Segunda de la Audiencia de Tarragona tras rechazar el recurso de apelación contra el auto de prisión. Los magistrados consideran que hay un importante riesgo de fuga. Mientras, el pequeño Dylan sigue ingresado en una habitación de una planta convencional después de haber abandonado la UCI el pasado 21.

El pasado 13 de febrero, los padres entraban en el Hospital Joan XXIII con su hijo de tan solo cinco semanas de vida «debido a la pérdida de peso por vómitos». Fue en este momento cuando se le detectaron lesiones muy graves, que determinaron su ingreso en la UCI pediátrica. Presentaba múltiples lesiones, que se habían producido a lo largo del tiempo. La resonancia magnética cerebral reveló pérdida de masa encefálica, también de diferentes estadios de evolución, lo que no resultaría compatible con un único golpe accidental. Asimismo, el informe señalaba que probablemente dichas lesiones habían sido causadas por aplastamiento del cráneo y golpes laterales en diferentes momentos a lo largo de la escasa vida del menor. 

El Juzgado de Instrucción 2 de Tarragona decretó el ingreso en prisión de los padres, una decisión que fue ratificada seis días después por el Juzgado de Instrucción 1 de Valls, que se encarga del caso. 

El recurso
La mujer presentó un recurso de apelación contra su encarcelamiento. Recordaba que los días 6, 8, 10 y 12 de febrero el bebé fue llevado a una visita médica rutinaria, sin que se detectaran las lesiones. En el mismo Joan XXIII la mujer dijo que las que tenía el bebé en la cabeza podrían haberse producido en el parto, o cuando resbaló en la bañera. También señalaba que ha mostrado una «total preocupación» por el estado del menor desde el embarazo y posteriormente con el nacimiento. Mantuvo que hubo momentos en los que el padre se quedó a solas con el menor.

Sobre un posible riesgo de fuga, recordaba que es española, ha formalizado un contrato de arrendamiento en Montblanc, su familia más próxima reside en dicha localidad, cobra dos prestaciones de la Seguridad Social y no tiene pasaporte ni antecedentes. Por ello, pedía la libertad y se comprometía a acudir al Juzgado regularmente, a pagar una fianza de 2.000 euros, a no sacarse el pasaporte y estaba dispuesta a llevar un GPS para estar localizada permanentemente. 

El fiscal se opuso y el letrado de la Generalitat –representa los intereses del menor– estaba de acuerdo con las medidas propuestas por la acusada, pero añadía una orden que le prohibiera acercarse a menos de 100 metros del bebé.

La Audiencia, en el auto, apunta que el médico forense, a falta de un mejor estudio para analizar el historial clínico completo del embarazo y la finalización de las pruebas complementarias al menor, concluye que se detectan en el bebé lesiones óseas en el fémur y radio, que son «sugestivas» de una situación de maltrato infantil, sin descartar que eso sea así también respecto a las lesiones encefálicas. En ello se sustenta la base de la acusación contra la pareja.

Los magistrados recuerdan que toda persona sometida a un proceso penal tiene riesgo de fuga. Pero en este caso se dan otras circunstancias. Si bien es cierto que ha aportado documentación sobre arraigo laboral antes del nacimiento del bebé, actualmente no se encuentra trabajando y la posibilidad de hacerlo en el restaurante de su familia «no consta suficientemente justificada». Además, dice que no tiene una buena relación con su familia, hasta el punto de preferir que la custodia del menor se otorgue a la familia paterna. Asimismo, la instrucción no es compleja, por lo que el juicio se vislumbra en un corto plazo de tiempo. Finalmente, la sala, para justificar que la mujer siga entre rejas, recuerda que las penas que se derivan de los hechos pueden alcanzar los doce años de prisión.

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