Los VTC de Tarragona recuperan 10 licencias tras una sentencia judicial

Se trata de licencias que se solicitaron con la entrada en vigor de la ley 25/2009 de 22 de noviembre, conocida como Ley Ómnibus. Esta es una norma que eliminó la posibilidad de establecer limitaciones y restricciones a las autorizaciones en materia de transporte terrestre. 

01 agosto 2018 09:26 | Actualizado a 01 agosto 2018 11:36
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Varias empresas de Tarragona han logrado sus autorizaciones VTC a través de los juzgados. O, mejor dicho, las han recuperado.  Se trata de licencias que se solicitaron con la entrada en vigor de la ley 25/2009 de 22 de noviembre, conocida como Ley Ómnibus. Esta es una norma que eliminó la posibilidad de establecer limitaciones y restricciones a las autorizaciones en materia de transporte terrestre. 

Esto dio vía libre para que las empresas y los particulares solicitaran licencias de VTC y no fue hasta el 4 de julio de 2013 cuando el Gobierno entendió que debía hacer algo para frenar a la competencia del taxi y se volvió a modificar la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres para establecer la limitación de un VTC por 30 taxis. Sin embargo, las autorizaciones que se solicitaron en ese periodo se están otorgando por decisiones judiciales. 

10 autorizaciones denegadas

Varias resoluciones así lo confirman. Una sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) de diciembre de 2017 estimaba el recurso de apelación de la empresa Alquiler de Vehículos Costa Dorada S. L. y dejaba sin efecto una sentencia del Juzgado Contencioso Número 2 de Tarragona. El TSCJ, en su resolución, reconocía el derecho de la empresa «a obtener las 10 autorizaciones que le habían sido denegadas».

«Esa sentencia permite a la empresa disponer de sus plazas después de haber apelado, porque inicialmente no le daban la razón», explica una procuradora que ha llevado el caso. De hecho, el abogado de la defensa es José Andrés Díez, un letrado estrella en toda España de la patronal de los vehículos que operan con licencias VTC y que ha sido fundamental a la hora de trabajar para que la justicia diera la razón a estas compañías. 

Una cuestión de cronología

Se trata, básicamente, de una cuestión de tempo, que influye en las sentencias en un sentido u otro. Bien es verdad que la reclamación del caso de Tarragona se presentó el 14 de marzo de 2014, después de haberse aprobado la Ley 9/2013 del 4 de julio que ya imponía limitaciones y zanjaba la liberalización producida a raíz de la Ley 25/2009, la popular Ley Òmnibus.

Sin embargo, la sentencia del TSJC sostiene que el desarrollo de esa legislación mucho más restrictiva no vendría dado hasta el Real Decreto 1057/2015, de 21 de noviembre. Por lo tanto, ese despliegue sería posterior a la reclamación presentada por la compañía tarraconense de VTC. Así, en total, el litigio acabó durando más de tres años, hasta que terminó a finales de 2017.

Este tipo de jurisprudencia y otra similar ha acabado por dar la razón a varias empresas más en la provincia y a un número mucho más elevado en España. 

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