Los jueces de La Manada citan a la Audiencia de Tarragona para argumentar la sentencia

El texto alude a una resolución de la Audiencia Provincial sobre el orden de las pruebas en el juicio. En Tarragona los acusados declaran a veces al final, como sucedió en Pamplona

03 mayo 2018 08:30 | Actualizado a 03 mayo 2018 09:08
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Tarragona aparece desde un punto de vista técnico en la polémica sentencia sobre el caso de La Manada emitida por la Audiencia Provincial de Navarra. La puntualización aludía a una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona y afectaba al orden de las pruebas presentadas durante el juicio.

«Nuestro criterio es seguido, entre otras, en la Sentencia 337/2016 de 23 de septiembre de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona», añade la sentencia de Navarra. 

La Fiscalía había solicitado cambiar el orden de las intervenciones de manera que los cinco acusados en Pamplona fueran los primeros en declarar. Sin embargo, el Tribunal mantuvo la costumbre que tiene la Sala Segunda donde se celebró el juicio por el que los acusados serían los últimos en declarar, como así fue, siguiendo lo que se hace en Tarragona. 

Desde el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se confirma que el dictamen sobre el orden probatorio es una práctica habitual en la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona «desde hace muchos años». Varias sentencias admiten que la defensa de los acusados se deje para el final para «un más seguro descubrimiento de la verdad».  

Tarragona reclama la revisión del Código Penal

Por otra parte, la Junta de Portavoces del Ayuntamiento de Tarragona acordó por unanimidad reclamar la revisión del Código Penal para evitar sentencias como la de ‘La Manada’.

Los portavoces pidieron que el Código Penal incorpore «la perspectiva de género» con el objetivo de evitar «la existencia de interpretaciones arbitrarias y que se basan en estereotipos de género, que acaban trayendo a sentencias con un claro sesgo machista».

El acuerdo critica la sentencia de la Audiencia de Navarra, que descartaba la agresión sexual y limitaba los hechos a abusos, porque «minimiza los hechos» y «favorece la impunidad de las agresiones machistas», enviando un «mensaje de descrédito de la vivencia de las mujeres que sufren las agresiones y las revictimiza».

Censuran que las víctimas de violencia sexual acaben siendo juzgadas ellas mismas. 

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