¿Quiere pedir el indulto para Junqueras?

No es imprescindible que el indulto lo pida el mismo preso. Lo puede solicitar cualquier ciudadano

02 julio 2019 08:40 | Actualizado a 02 julio 2019 08:45
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Pueden ser indultados los reos de cualquier delito. Estas son unas claves para entender la media de gracia:

¿Qué efectos tiene el indulto?

«La extinción de la responsabilidad penal. No cancela los antecedentes penales», se dice en la web del Ministerio de Justicia.

¿Quiénes no pueden ser indultados?

«Quienes estén siendo procesados criminalmente pero aún no hayan sido condenados por sentencia firme». Es el caso de los doce líderes independentistas. No hay condena. Hay que esperar a la pena que se les imponga o a si son declarados inocentes. 

¿Y los ‘huidos’ o ‘exiliados’?
«Tampoco pueden ser indultados quienes no se encuentren a disposición del Tribunal sentenciador para el cumplimiento de la condena», explica el Ministerior. Sería el caso de Carles Puigdemont y sus compañeros, si hubieran sido juzgados en rebeldía, pero no ha sido así. El Supremo no los ha procesado.

¿Y los reincidentes? Algunos de los dirigentes procesados aseguraron: «lo volveremos a hacer».

Los reincidentes en el mismo o en cualquier otro delito por el que hubiesen sido condenados por sentencia firme tampoco pueden ser indultados. Tampoco es el caso de los líderes secesionistas porque, de ser condenados, sería su primera pena y no serían reincidentes. Justicia explica además que «se exceptúan, sin embargo, los casos en que, a juicio del Tribunal sentenciador, hubiese razones suficientes de justicia, equidad o conveniencia pública para otorgar la gracia (al reincidente)».

¿Quién tiene que pedirlo?

Parece haberse impuesto la idea de que, para ser indultados, los presos tendrían que solicitarlo y, de alguna manera, pedir perdón e incluso ‘humillarse’. Incorrecto. La medida de gracia «puede solicitarla el mismo penado, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre, sin necesidad de poder escrito que acredite su representación». Usted mismo podría pedir el perdón para la tarraconense Carme Forcadell, expresidenta del Parlament.

 

¿Alguien más puede pedirlo?

Sí. Así consta en la web de Justicia: «También pueden promover el indulto el Tribunal sentenciador, el Tribunal Supremo, el Ministerio Fiscal, el Juez de Vigilancia Penitenciaria y el Gobierno». Uno puede, con muchísimo esfuerzo, imaginarse a un Ejecutivo socialista indultando de motu propio a los presos. Pero ni en ‘Los mundos de Yupi’, se visualiza al juez Manuel Marchena o a los fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena o Jaime Moreno yendo de ‘buenazos’.

¿Hay alguna condición para concederlo?

Sí. Dos condiciones. La primera: que no cause perjuicio a tercera persona o lastime sus derechos. Y la segunda: «Que haya sido oída la parte ofendida, cuando el delito por el que hubiese sido condenado el reo fuere de los que solamente se persiguen a instancia de parte». Es fácil imaginar que la triderecha (PP, Ciudadanos y Vox) alegaría que un hipotético indulto «lastima» los derechos de «todos los españoles de bien». Gran mentira.

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