Un año y medio de prisión por vender droga en la Part Alta

La sustancia resultó ser 1,59 gramos de cocaína, de una alta pureza. Su valor en el mercado ilícito era de 38,96 euros

24 abril 2018 08:27 | Actualizado a 24 abril 2018 09:04
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Un hombre que vendía cocaína en la Part Alta ha sido condenado a un año y medio de prisión y a pagar una multa de 40 euros, según la sentencia dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona.

El fiscal pedía para el procesado dos años de prisión y la multa. Los magistrados han instado también a que se abran diligencias contra el comprador de la droga por si su declaración durante el juicio podría haber constituido un delito de falso testimonio, ya que los testigos están obligados por ley a decir la verdad.

Sobre las tres y cuarto de la madrugada del 22 de septiembre de 2015, los agentes de los Mossos d’Esquadra observaron cómo el acusado, cerca de la calle Trinquet Vell, entregaba al comprador una papelina y recibía a cambio treinta euros en dos billetes.

El procesado introdujo el dinero en un pequeño hueco de la pared de un portal. Por su parte, el comprador lanzó la papelina al suelo ante la presencia policial.

La sustancia resultó ser 1,59 gramos de cocaína, de una alta pureza –84 por ciento–. Su valor en el mercado ilícito era de 38,96 euros.

Los agentes declararon durante el juicio que se encontraban a menos de 15 metros de distancia del pase de la droga, en un tramo de la calle iluminado por el alumbrado público de forma directa.

Pero añadieron que al aproximarse al comprador éste tiró la papelina al suelo. También recuperaron el dinero del vendedor. Los magistrados no tienen «razón alguna» para dudar de la fiabilidad de la información que ofrecieron los agentes. 

La información vendría corroborada tanto por el acusado como por el comprador. Ambos admitieron el encuentro. Este último reconoció que lanzó la papelina de cocaína y el primero, «en términos confusos y contradictorios», vino a admitir que guardó dinero en la ranura indicada por los agentes.

Pero en cambio, ambos negaron el intercambio. Por ello, la Sala cree que ambos faltaron a la verdad. Sobre el acusado no puede tener ninguna consecuencia –está en su derecho de mentir durante todo el proceso judicial–, no así en relación al comprador, para quien se solicita que se abran diligencias penales para determinar si cometió delito.

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