Adopta a los hijos de su mujer pese a que el padre biológico está vivo

La sentencia, poco habitual, se dictó en un juzgado de la ciudad y el proceso se inició a petición de los jóvenes de 20 y 15 años. Ahora quieren que otras familias en su condición sepan que hay una vía legal para arreglar su situación 

21 marzo 2018 20:06 | Actualizado a 03 abril 2018 11:06
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«Por la sonrisa que se les ha quedado a los chicos en la cara, todo el proceso ha valido la pena. Ahora quiero que esto se conozca, porque sé que hay otras familias que se encuentran en la misma situación», explica Jorge (nombre ficticio para proteger la identidad de sus hijos). Se refiere a la sentencia firme en la que le acaban de confirmar que por fin se le ha concedido la adopción de los dos hijos de su pareja de 20 y 15 años, con los que ejerce de padre desde que eran pequeños.

La peculiaridad se encuentra en que el padre de los chicos se encuentra vivo. Su abogado no se atreve a calificar la sentencia como pionera, pero desde luego asegura que no tenía conocimiento de ningún caso similar en Tarragona. Lo mismo le precisaron a su cliente en el Juzgado de Primera Instancia Nº 5, donde se dirimió el caso.

Conflictos en la escuela

Cuenta Jorge que todos los pasos que él y su mujer han dado responden a la iniciativa de los propios chicos, que ya hace años que no tienen noticias ni contacto con su padre biológico. De hecho, habían tenido conflictos en la escuela por no querer utilizar el apellido paterno. En las redes sociales también utilizaban el apellido de la madre.

Además se da la circunstancia de que la pareja también tiene un hijo en común de tres años y los mayores querían tener el mismo apellido que el pequeño. Jorge, además, tiene tres hijos de un matrimonio anterior, con lo que, tras este paso, ya cuenta con seis.

Habían tenido conflictos en la escuela por no querer utilizar el apellido paterno.

A este padre le preocupaba que los hijos de su mujer tuvieran los mismos derechos de sus hermanos, tanto en lo que se refiere a herencia como a poder participar de la mutua de salud de la empresa donde él trabaja.

Previamente a la adopción, a la madre ya se le había dado la patria potestad en 2017 debido a que no se tenían noticias del padre biológico. La mujer, además, había interpuesto en su momento una denuncia por malos tratos.

En el juicio testificaron el adoptante y los adoptados, así como testigos que dieron fe de la relación del padre y sus hijos. La sentencia declara que «la documentación aportada y la información testifical practicada han acreditado que la relación personal existente entre adoptante y adoptados es la propia de una relación paterno-filiai y tanto las condiciones personales y sociales como la situación económica del adoptante abonan dicha opción, por lo que en interés del adoptando se impone acordar la adopción».

Más familias reconstituidas

Jorge explica que los chicos están felices y esperan a la niña, que está de intercambio fuera, para celebrarlo juntos. Está convencido de que hay más familias reconstituidas como la suya que no conocen la posibilidad de dar este paso. De hecho, ha encontrado muchos casos similares en las redes sociales. Espera que dar a conocer la sentencia les pueda ayudar a regularizar legalmente su situación. El abogado explica que aunque no es un caso común, en el Codi Civil de Catalunya sí que hay vías para plantear una adopción en estas circunstancias. 

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