Archivada la causa sobre la tarjeta del exgerente de EMT

Después de que en enero la Audiencia diera vía libre a su procesamiento por malversación de caudales públicos, ahora ni la Fiscalía ni el Ayuntamiento ven base para acusarlo

26 febrero 2021 19:10 | Actualizado a 27 febrero 2021 07:20
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Giro radical a la causa abierta contra el exgerente de la Empresa Municipal de Transports (EMT) de Tarragona en el caso de supuestos pagos privados en la utilización de la tarjeta que tenía asignada por su condición de alto cargo. Cuando parecía que Mario Cortés sería finalmente juzgado por un delito de malversación de caudales públicos –así se desprendía del último auto de la Audiencia Provincial de Tarragona del pasado 15 de enero, tal como publicó el Diari–, finalmente no será así porque la causa se ha archivado. Y ello porque las dos acusaciones –el fiscal y el Ayuntamiento– han visto que los hechos no constituían delito. Después de estar cuatro años bajo sospecha, Cortés puede respirar tranquilo porque el archivo de la causa penal es definitivo.

La investigación –primero por parte de la Fiscalía y después por el Juzgado– arranca en mayo de 2017. El grupo municipal de Ciutadans, concretamente la miembro del Consell d’Administració de la EMT, Sonia Orts, entregó una documentación a Fiscalía en la que se dejaba entrever un uso indebido de una tarjeta de crédito que el exgerente de la EMT utilizaba de manera abusiva.

Los hechos se remontan al principio de 2013, cuando Mario Cortés empezó a utilizar la tarjeta de la EMT para pagar comidas y cenas en los restaurantes más importantes de Tarragona –alguna ascienden a 426,80 euros–. También pagaba con esta tarjeta que contenía dinero público viajes por toda España, como Madrid, Cádiz, Sevilla, Córdoba, París y San Sebastián, entre otras ciudades. Cortés también utilizó la tarjeta, entre el año 2013 y abril del 2016, para comprar en El Corte Inglés de Tarragona y a través de internet, por Amazon.

Después de casi tres años, el Juzgado de Instrucción número 6 de Tarragona decidió terminar la investigación y dictar el auto de procesamiento del acusado. Tras una prueba complementaria que se hizo en octubre, el abogado defensor del acusado, Paco Zapater, presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Pero la máxima instancia judicial de la demarcación rechazó dicha petición y reafirmó el procesamiento por un delito de malversación de caudales públicos, a juzgar por un tribunal popular.

Tras esta decisión de la máxima instancia judicial de la demarcación, el pasado 8 de febrero la magistrada del Juzgado de Instrucción número 6 de Tarragona convocó a las partes personadas en la causa, según marca la Ley del Jurado. La fiscal presentó un escrito solicitando el sobreseimiento provisional. Y ello en base a que después de analizar las actuaciones y examinar los informes periciales «entendemos que no ha quedado acreditada la utilización por parte del investigado de fondos públicos para fines ajenos a su actividad profesional». Recuerda que, según el dictamen pericial, «la Empresa Municipal de Transports carece de un reglamento o instrucción que regule la manera de documentar la existencia, naturaleza, justificación y autorización de los gastos efectuados en concepto de desplazamiento o viajes». En ese sentido, esta falta de control interno en cuanto a la justificación de los gastos «no puede llevar a una presunción en contra de reo que haga suponer que los mismos estuvieron destinados a uso privado y no a actividades relacionadas con su función».

Puerta abierta a la vía civil

Por su parte, el abogado de la EMT –que ejercía la acusación particular– se adhirió a la solicitud del fiscal, si bien se reserva las acciones civiles en favor de la empresa. En cuanto a la cuantificación de las responsabilidades civiles, recordaba que en las diligencias constan dos importes, que son los reflejados en los informes de los peritos. Uno es de 34.608,63 euros, que se considera que no se ha podido asignar a ningún proyecto. Y dentro de esta cantidad hay otro importe de 6.230,73 euros de los que no se dispone de ningún tipo de justificación. Por ello, se pide que las acciones civiles contengan estas dos cantidades.

Finalmente, la abogada defensora, Manuela Perea, se adhirió al sobreseimiento, a la vez que recordaba que ya lo había pedido el 3 de marzo y el 11 de junio del año pasado. Ese mismo día 8 de febrero, la magistrada firmó un auto de sobreseimiento provisional.

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