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    El Supremo rebaja la pena a un violador de dos menores de 14 y 12 años en Mont-roig del Camp

    Primera reducción del Alto Tribunal en Tarragona. El agresor tenía 18 años y sus víctimas 14 y 12. Le quitan año y medio de cárcel. La reforma de la ley del ‘solo sí es sí’ no evita los recortes

    06 junio 2023 20:17 | Actualizado a 07 junio 2023 07:00
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    El Tribunal Supremo también rebaja penas de agresores sexuales en Tarragona, a pesar de la reforma de la ley del ‘solo sí es sí’ que entró en vigor en abril para intentar frenar la cadena de revisiones a la baja. Solo unos días después, el 11 de mayo, un recurso de casación se ha traducido en año y medio de rebaja a un adolescente por violar en Mont-roig del Camp a dos menores de 16 años.

    En este caso, se producen dos reducciones por sendas condenas. El acusado fue condenado en primer lugar por un delito de agresión sexual con penetración, a una menor de 16 años, a seis años, que quedan reducidos a cinco por efecto de la polémica Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de libertad sexual; y en segundo por un delito continuado de agresión sexual a otra menor de 16.

    En ese caso la pena fue de seis años y nueve meses que queda aminorada a seis años y tres meses. Es decir, en total, deberá cumplir un año y medio menos de cárcel gracias a estos recortes.

    Se trata de la primera rebaja que trasciende respecto a un caso de Tarragona y en la que el Supremo se ha posicionado a favor de un recorte, si bien hay varios abogados de la provincia que están pendientes de resoluciones al respecto. Era la petición del letrado y también del Ministerio Fiscal, posicionamientos que después han permitido al Supremo aprobar esta rebaja, pese a que no se trata de una revisión de sentencia firme.

    El agresor fue condenado a seis años de cárcel por una violación y a seis años y nueve meses por la otra. Ahora se le rebaja un año y seis meses

    El Fiscal indica que «ha de adaptarse la condena a dicho texto por ser más favorable». Se impone, pues, la ley más beneficiosa, por mucho que la llamada ley del ‘solo sí es sí’ haya padecido una reforma reciente, precisamente para evitar estos efectos indeseados.

    Retroactividad, la clave

    La resolución judicial apela a la «retroactividad de la ley penal más favorable, con tal amplitud y generosidad que, aunque al entrar en vigor la nueva ley hubiera recaído sentencia firme, sería factible la retroacción favorable a la aplicación de la Ley penal intermedia cuando sea más beneficiosa para el reo al no registrarse jurisprudencia reciente de signo contrario». Cuando el PSOE aprobó la reforma, con el fin de amortiguar las consecuencias de las reducciones, los expertos advirtieron que no se podrían frenar parte de las rebajas. Si esta Ley más favorable es la Ley intermedia podría ser aplicada. Así, la reforma tendrá efectos para el futuro pero no en cuanto a los anteriores supuestos.

    Así se expresa el juez: «Es importante advertir que esta reforma solo puede ser de futuro, al haber quedado consolidada la nueva realidad normativa, de manera irreversible, por efecto de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, tanto para los delitos cometidos antes de la entrada en vigor de esa Ley Orgánica como para los que se hayan perpetrado bajo la vigencia de la misma». Es decir, si bien la reforma incrementará el castigo en futuras agresiones, los tribunales van a tener que seguir revisando condenas porque siempre se debe aplicar al reo retroactivamente el texto más benévolo, y en este caso es el controvertido de octubre.

    La modificación impulsada en abril no evita que se den estas reducciones de pena

    Tanto el agresor como las dos víctimas eran de Mont-roig del Camp (Baix Camp). Los hechos en cuestión se remontan a mediados de agosto de 2015. El acusado, de 18 años, se ofreció a recoger a la víctima, que por entonces tenía 14 años y con la que había mantenido una breve relación, para acercarla a la playa, en la zona de Miami-Platja. Ella accedió. Una vez llegaron, él le pidió que le acompañara a unos edificios en las inmediaciones. Él la empezó a besar ante la oposición de ella, que comenzó a llorar y sacó su móvil para pedir auxilio. Él le propinó una bofetada, le tiró el teléfono al suelo, la cogió por los brazos de espaldas y la violó.

    El Supremo ha reducido 20 condenas. Son las audiencias provinciales las que más rebajan: el balance es de 940 en España, 24 en Tarragona

    El segundo delito por el que fue condenado, y también beneficiado ahora por la rebaja, sucedió unos meses más tarde, en enero de 2016. Tres semanas antes había iniciado una relación de amistad con la víctima, que en este caso tenía solo 12 años. Según reza el juez, una vez, en el coche «con ánimo libidinoso», comenzó a «efectuar tocamientos en el cuerpo», «pese a la negativa expresa en todo momento» de la chica.

    La menor se quedó «completamente bloqueada e incapaz de reaccionar», una circunstancia que aprovechó el acusado para violarla durante un cuarto de hora.

    Relaciones no consentidas

    En este caso el delito fue continuado. Así es el relato judicial de los hechos: «A partir de ese día y hasta aproximadamente el mes de agosto de 2016, con una periodicidad semanal, incluso en varias ocasiones en la misma semana», el acusado «comenzó a mantener encuentros con la menor, los cuales se desarrollaban en diferentes lugares de la localidad, en la zona de playa, o en el interior de un vehículo con el que el acusado la pasaba a recoger».

    En esos encuentros, a pesar de las negativas de la chica, el agresor la obligaba a mantener relaciones sexuales que «no eran en ningún caso consentidas por ella, si bien accedía ante el gran temor que sentía» hacia él. Hubo por medio amenazas. El agresor le había dicho que si se negaba a mantener las relaciones sexuales «divulgaría fotografías de la menor desnuda» que él mismo había realizado cuando tenían encuentros sexuales u otras que le había mandado la menor a petición de él. También empleó la fuerza para retenerla cuando quería marcharse del lugar.

    En un 51% de las revisiones hechas por la Audiencia Provincial, 24 de 47, ha habido una rebaja de la sentencia gracias a la nueva ley

    El autor tiene «rasgos de personalidad dependiente» que condicionan sus relaciones, además de «impulsividad disfuncional y falta de madurez para comprender el alcance de sus actos». La Sala de lo Penal del Supremo acaba dictaminando esta rebaja de la pena, aunque, más allá de la prisión, mantiene otros aspectos de la sentencia como el alejamiento o la prohibición de comunicación con las víctimas durante ocho y nueve años. En todo caso, esta reducción es una más dentro del reguero de rebajas que se vienen sucediendo.

    Hasta el momento, la Audiencia Provincial de Tarragona ha rebajado una de cada dos sentencias por delitos sexuales revisadas, al amparo de la controvertida legislación. La polémica reforma legal, que entró en vigor en octubre, cumple ocho meses y ha dejado tras de sí un goteo constante de revisiones y reducciones de condena, además de mucho ruido político. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) , en su balance más reciente, establece que la Audiencia de Tarragona ha realizado un total de 47 revisiones. De ellas, 24 han acabado en reducción de pena, lo que ha derivado en dos excarcelaciones, ya que la bajada de la condena ha comportado, automáticamente, que el reo saliera de prisión. Por otra parte, hay tres asuntos en trámite.

    Algo más de la mitad de casos

    Por tanto, en un 51% de casos, más de la mitad, las revisiones han surtido efecto. Es uno de los porcentajes más elevados a nivel provincial. Hay que tener en cuenta que son datos siempre parciales, comunicados por la Audiencia Provincial al CGPJ, y que responden a la fotografía de un momento (hasta el pasado 1 de mayo), ya que pueden cambiar a diario. En cualquier caso, ese dato oficial es superior a la media del 31% acumulada en las audiencias provinciales en España.

    Parte de las denegaciones de rebaja de la Audiencia de Tarragona han sido recurridas a instancias como el Supremo o el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC). Tras Barcelona (47 reducciones de 146 revisiones), la Audiencia de Tarragona es la más prolífica en Catalunya en resoluciones, por delante de Girona (ocho rebajas de 11 recursos) y Lleida (nueve de 19) y por encima de otras provincias de España.

    El ritmo tiende a aminorarse en los últimos tiempos, después de unos primeros meses de aplicación intensa de la reforma.

    Las violaciones crecen un 36% en Tarragona en 2022

    Las agresiones sexuales con penetración se dispararon durante el año pasado un 36,4% en Tarragona. Pasaron de 77 a 105, según la estadística de criminalidad que publica regularmente el Ministerio del Interior. Es un delito cada tres días y supone la mayor cifra desde que hay registros. Interior retrocede hasta 2016, cuando se produjeron 37 agresiones, una tercera parte de las que se registran en la actualidad. Así pues, la provincia no escapa a esa tendencia generalizada de aumento. El incremento de la criminalidad de los últimos tiempos tiene en la libertad sexual su principal exponente.

    Cierto es que tanto en 2021 como, sobre todo, en 2022 la criminalidad ha despuntado, una vez ha vuelto la normalidad cotidiana tras la emergencia sanitaria de la pandemia. Pero eso no explica por sí solo esta deriva.

    Las 105 agresiones sexuales del año pasado prácticamente duplican a las 60 que hubo en 2019, un año sin afectación por la Covid. Más allá de la violación, también han crecido todos los delitos, en general, contra la libertad y la indemnidad sexual. Esta tipología de delincuencia se ha incrementado un 10% en el último año, al pasar de 386 hechos a 426. Las violaciones son los delitos que más incremento experimentan –de 77 a 105–. La subida es menor en el resto de delitos sexuales, que pasan de 309 a 321.

    Diversos factores pueden contribuir a esa realidad, desde padecer una mayor tasa de criminalidad a una tendencia a denunciar más. Pese a eso, se calcula que solo aflora un 10% de este tipo de delitos.

    Preocupa especialmente la incidencia de estos delitos entre los más jóvenes. En Tarragona se produce una agresión o abuso sexual cada dos días a menores de 16. En los últimos cinco años la denuncia de estos delitos sexuales, incluyendo también el acoso, se ha duplicado en la provincia, al pasar de los 87 de 2018 a los 184 de 2021, últimos datos disponibles, publicados en las sucesivas memorias de la Fiscalía de Tarragona.

    La preocupante inercia se refleja si atendemos a otro indicador: los delitos sexuales cometidos por menores también se han duplicado, a juzgar por los datos de la jurisdicción de menores. En 2021 hubo 62 abusos y agresiones sexuales y en 2018 únicamente 38.

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