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    El tribunal desbloquea la renovación de la maquinaria de los 7 parkings municipales

    El organismo catalán de Contractes del Sector Públic acepta en parte un recurso y levanta, 15 meses después, la paralización del proceso para invertir dos millones en la nueva tecnología

    27 marzo 2023 23:18 | Actualizado a 28 marzo 2023 07:00
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    Semáforo verde para poder renovar, al fin, la obsoleta maquinaria de acceso y de pago de los siete aparcamientos que gestiona la Empresa Municipal de Transports (EMT). Según ha podido saber el Diari, el Tribunal Català de Contractes del Sector Públic ha desbloqueado, 15 meses después, el proceso para adjudicar un contrato que prevé una inversión global de 2,2 millones de euros en la mejora de la tecnología y el posterior mantenimiento durante diez años de unas prestaciones que, a día de hoy, dejan mucho que desear para los usuarios y abonados de los equipamientos Joan XXIII, Avinguda Catalunya, Lluís Companys, Saavedra, Francesc Bastos, Imperial Tarraco y Torroja, que –conjuntamente– suman un global de 2.419 plazas de estacionamiento soterrado y más de dos millones de euros de facturación según los últimos datos correspondientes al año 2022.

    El organismo dependiente de la Generalitat de Catalunya hizo pública su decisión la pasada semana, en una resolución del 15 de marzo a la que ha tenido acceso este periódico y que descongela una tramitación que ha estado más de un año paralizada. «Es una buena noticia que ahora podamos avanzar, pero también es una lástima que hayamos perdido tanto tiempo», lamenta el presidente de la EMT, Jordi Fortuny (ERC), quien avanza que la renovación de la tecnologia de los parkings «es una prioridad».

    Adjudicado en diciembre de 2021

    El Consistorio adjudicó en diciembre de 2021 a la firma Skidata Ibérica el contrato, que supondría dejar, después de muchos años, la actual maquinaria vieja que causa constantes problemas en las instalaciones gestionadas ahora por la EMT y, anteriormente, por la antigua Aparcaments Municipals. Pese a ello, en enero de 2022 una de las licitadoras del concurso ––Equinsa–, que fue excluida del concurso al entenderse que había presentado una oferta «temeraria» –o sea, un 25% por debajo del precio de licitación–, presentó un recurso ante el Tribunal Català de Contractes del Sector Públic. Tras aceptar a trámite la apelación, el ente dependiente de la Generalitat paralizó sine die un proceso que ahora podría reactivarse esta misma semana desde el punto en el que se excluyó a la empresa recurrente: el momento justo antes del estudio de las ofertas que se presentaron en el proceso de licitación.

    Oferta con baja «temeraria»

    Dos eran las quejas de la firma aspirante a ser contratada por el Ayuntamiento, una de las cuales ha sido aceptada. La alegación avalada por el tribunal es la no idoneidad de la expulsión de la compañía, al considerar que una baja temeraria «no es un incumplimiento expreso, claro y palmario» de las cláusulas del pliego de condiciones del concurso público.

    En concreto, la oferta presentada era de 1,1 millones, cuando la licitación se situaba en los 1,8 millones. En este punto, sin embargo, el tribunal hace especial hincapié en un punto de la transcripción del acta de la mesa de contratación del 10 de diciembre de 2021, donde se indica que la exclusión del concurso de Equinsa Parking SLU «no se justifica por la anormalidad de la oferta, sino por el temor de que no pueda subministrar el objeto del contrato en los términos deseados». Sobre ello, el tribunal indica que «se desprende que la verdadera causa de la exclusión no es la inviabilidad económica, sino que se fundamenta en el posible incumplimiento de las condiciones técnicas», por lo que considera que la eliminación de la propuesta de Equinsa «no es procedente» porque el momento para controlar el cumplimiento de las exigencias técnicas de la propuesta «es en la fase de ejecución del contrato» y no en el momento del estudio «hipotético» de las ofertas que se presentan a la licitación pública.

    A raíz de este argumentario, el Tribunal Català de Contractes del Sector Públic entiende que la expulsión de la empresa recurrente no es correcta «en este momento del proceso», ya que lo que debería haberse hecho, en caso de considerar temeraria la oferta, es «otorgar una puntación inferior» si, de la información que el órgano de contración puede requerir de manera adicional, «resulta un número menor de elementos tecnológicos a los efectivamente indicados en la oferta». Pese a ello, deja claro que, en caso de confirmarse que no se cumplen los requerimientos, «en ningún caso puede determinar su exclusión», recalca el tribunal en la resolución de hace menos de dos semanas.

    La otra alegación de Equinsa denunciaba que se hubiera solicitado asesoramiento externo de una ingeniería, un hecho que es rechazado por el Tribunal Català de Contractes del Sector Públic, ya que se trata de una posibilidad «contemplada en el concurso, tanto en las ofertas técnicas como económicas». Con todo ello, al fin, los aparcamientos municipales ya tienen vía libre para poner al día su tecnología y dar un servicio público a la altura de las necesidades del siglo XXI.

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