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    La Audiencia Provincial de Tarragona rebaja una de cada dos sentencias por la ley del ‘solo sí es sí’

    El 51% de condenas a agresores sexuales revisadas, 24 de 47, acaba en reducción. El porcentaje supera la media catalana y española

    17 mayo 2023 21:02 | Actualizado a 18 mayo 2023 19:00
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    La Audiencia Provincial de Tarragona ha rebajado una de cada dos sentencias por delitos sexuales revisadas, al amparo de la controvertida ley del ‘solo sí es sí’. La polémica reforma legal, que entró en vigor en octubre, cumple ocho meses y ha dejado tras de sí un goteo constante de revisiones y reducciones de condena. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acaba de hacer balance. La Audiencia de Tarragona ha realizado un total de 47 revisiones. De ellas, 24 han acabado en reducción de pena, lo que ha derivado en dos excarcelaciones, ya que la bajada de la condena ha comportado, automáticamente, que el reo saliera de prisión. Por otra parte, hay tres asuntos en trámite. Por tanto, en un 51% de casos, más de la mitad, las revisiones han surtido efecto. Es uno de los porcentajes más elevados a nivel provincial. Hay que tener en cuenta que son datos siempre parciales, comunicados por la Audiencia Provincial al CGPJ, y que responden a la fotografía de un momento (hasta el pasado 1 de mayo), ya que pueden cambiar a diario. En cualquier caso, ese dato oficial es superior a la media del 31% acumulada en las audiencias provinciales en España.

    Una parte de las denegaciones de rebaja por parte de la Audiencia de Tarragona han sido recurridas a instancias como el Supremo o el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC). Después de Barcelona (47 reducciones de 146 revisiones), la Audiencia de Tarragona es la más prolífica en Catalunya en resoluciones, muy por delante de Girona (ocho rebajas de 11 recursos) y Lleida (nueve de 19) y también por delante de otras provincias de España.

    «De siete solicitudes de revisión, en cinco se ha aprobado una rebaja de pena», sostiene el abogado tarraconense Jordi Carrasco

    El ritmo tiende a aminorarse ahora, tras estos primeros meses de aplicación intensa de la reforma. Cada abogado penalista es un mundo. «De siete solicitudes de revisión, en cinco se ha conseguido una rebaja. En una se ha denegado y hemos recurrido al TSJC, y estoy pendiente de la otra, de que resuelva la Audiencia Provincial», explica el abogado tarraconense Jordi Carrasco. Él ha llevado el caso de una de las mayores rebajas registradas en España: sendas reducciones récord de siete años a dos violadores, que vieron cómo 18 años se quedaban en 11.

    El resto de casos son penas inferiores. Uno de los recortes más habituales es el de dos años. David Lanaspa, abogado penalista y doctor en derecho, ha visto cómo en las dos revisiones de pena se ha aplicado una rebaja. «En una de ellos el Fiscal ha recurrido y está en el TSJ de Catalunya para resolver el recurso», indica. En uno de los casos la pena de prisión bajó de ocho a seis años y en el otro de siete a cinco. Son consecuencias de la aplicación de lo que en el fondo es una cuestión técnica, de horquillas, que provoca que la misma acción condenada con la anterior normativa tenga penas distintas. Los letrados lamentan la situación de inseguridad jurídica para los acusados y penados, y también desde el punto de vista de las víctimas.

    Más allá de la derivada ética, los abogados sostienen que se limitan a aplicar la nueva ley y a aprovechar los recursos en beneficio del cliente. Isaac González, también abogado penalista en Tarragona, tiene en el Supremo dos revisiones, una recurrida tras una denegación y otra para pedir más rebaja.

    Más allá de la indignación popular que se ha desatado por las rebajas y las excarcelaciones de algunos agresores, los análisis desde el punto de vista jurídico ofrecen bastantes más matices. «Una vez que se acabe todo este el ruido actual, se podrá dar una respuesta más proporcional. Esto está pasando ahora por entrar en vigor la ley. Se están haciendo revisiones pero llegará un momento en que acabarán», indica González.

    «La ley va mucho más allá»

    Este abogado considera que «esta ley va mucho más allá, está intentando ofrecer una protección integral, a nivel asistencial o psicológico, de acompañamiento a la víctima siempre por alguien del mundo social. Hay una imagen muy negativa de la norma pero ofrece muchas más cosas», reconoce González, que agrega: «Hay que hacer una reeducación en el asunto del consentimiento. La ley del ‘solo sí es sí’ es una gran conquista, porque le da una vuelta de tuerca al asunto del consentimiento. Se pone a la víctima en el centro y es el eje vertebrador».

    «Una vez acabe el ruido actual, se podrá dar una respuesta más proporcional», explica el letrado Isaac González

    Las Audiencias Provinciales son los órganos que más reducciones aplican: son responsables de 940 del total de 1.079, un 87% del total. A ellas se añaden 118 rebajas de los tribunales superiores de las comunidades autónomas, 20 por parte del Supremo y una más de la Audiencia Nacional.

    Los datos del CGPJ incluso cuantifican la proporción de sentencias revisadas que logran una aminoración de penas. En el total, son el 31% pero en el caso del Supremo alcanzan el 42%. En Tarragona ha dado tiempo a que los efectos de la ley se noten no solo en revisiones de sentencias sino en nuevas resoluciones que aplican rebajas por ser la nueva norma más favorable que la anterior.

    Nuevas sentencias

    De hecho, Tarragona fue muy madrugadora en cuanto a los efectos de esta Ley Orgánica 10/2022. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona aplicó pocos días después de la entrada en vigor de la ley una pena de seis años en lugar de una de ocho a un hombre acusado de abuso sexual a su hija. Todo ello «determinará la aplicación de la vigente norma penal por resultar más beneficiosa para el acusado».

    Esa espinosa reforma del Código Penal entró en vigor el pasado 7 de octubre y la sentencia es del día 14, apenas una semana más tarde. «El problema es que la ley unifica algunos delitos y en este caso en concreto es verdad que mi clienta se ve perjudicada», indica la letrada, Rut Vera Jáquez, abogada del caso, que añade: «No es que esté en contra de la nueva legislación, no me parece inadecuada pero sí que en ocasiones produce efectos no deseados. Otras veces no pero sí sucede en este caso concreto», explica la abogada.

    El 87% de las rebajas aprobadas en España proceden de las audiencias provinciales

    El abogado tarraconense Hèctor Cabré defiende sobre todo a mujeres que han sido víctimas: «De cuatro revisiones, solo en una ha bajado la pena, y en concreto ha sido un año». No hay que olvidar el varapalo moral que estas rebajas y las excarcelaciones de agresores sexuales ha supuesto para las mujeres agredidas.

    Menos pena en una violación si la comete la pareja o un ‘ex’

    Una investigación pionera concluye que los juzgados españoles castigan menos las violaciones cometidas por la pareja o la expareja. Es el hallazgo principal de un informe elaborado por el catedrático de Derecho penal de la UOC Josep Maria Tamarit como autor principal. Con el título ‘How Criminal Is It to Rape a Partner According to the Justice System? Analysis of Sentences in Spain (2015-2022)’, el estudio se ha publicado en el European Journal on Criminal Policy and Research y analiza cerca de mil sentencias sobre violaciones a mujeres adultas que fueron emitidas por las audiencias provinciales durante siete años.

    El informe, en palabras de Tamarit, establece que «cuando la pareja o la ‘ex’ es quien ha cometido la violación se castiga menos y se reconoce una indemnización más baja».

    El análisis revela que los magistrados decidieron condenar a un 62% de los acusados de violación que eran pareja o ‘ex’ de la víctima, un porcentaje que se eleva 17 puntos, hasta el 79%, en el resto de casos. «Es una diferencia estadísticamente significativa», subraya Tamarit.

    La inercia se palpa también en las penas. Cuando había una relación íntima por medio, las condenas de cárcel se situaron en una media de 83,4 meses por los 95,1 en otros contextos. Por tanto, la media de presión fue de un año menos para las parejas o exparejas. Asimismo, el autor del delito en el contexto de pareja tuvo que pagar 12.600 euros de media en indemnización, por los 17.800 en las otras casuística.

    Los jueces debían condenar igual unos casos que otros, con la posibilidad, eso sí , de aplicar atenuante o agravante en el caso de relación. «Nuestro análisis concluye que los tribunales solo han apreciado esta circunstancia en agravante en un 22% de casos. En la mayoría de sentencias no han dicho nada, y el resultado es que han puesto penas más bajas», indica Tamarit.

    Con la ley del ‘solo sí es sí’ los tribunales deberán agravar las penas si se cometen en el contexto de una pareja.

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