La URV sanciona por primera vez a un catedrático por acoso laboral

El catedrático de Sociología fue denunciado por cuatro docentes y ha recibido una suspensión de sueldo y funciones durante cuatro meses por una falta muy grave

19 mayo 2017 20:29 | Actualizado a 22 mayo 2017 07:55
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La Universitat Rovira i Virgili (URV) ha sancionado con una suspensión de sueldo y funciones durante cuatro meses al catedrático de Sociología I.B.I., adscrito al Departament de Gestió d’Empreses de la Facultat d’Economia, por una falta muy grave de acoso laboral sobre tres profesores de este departamento. El caso de un cuarto docente que también denunció a este catedrático no fue visto como acoso, sino como «desconsideración hacia los compañeros», una falta menos grave que ya habría prescrito. Se trata, en todo caso, de la primera vez que la URV aplica su protocolo contra el acoso, implantado en 2013 –es tambiéjn la primera vez que una universidad catalana sanciona a un funcionario por acoso laboral–.

Los hechos sucedieron en el Campus Catalunya de la URV y los tres profesores que sufrieron el acoso interpusieron la denuncia el 30 de junio de 2014 por unos comportamientos que se produjeron durante el mes de enero de 2012 y que se prolongaron durante finales del 2013 y buena parte del 2014. Se quejaban de que el catedrático les encargaba la realización de tareas que estaban muy por debajo de la labor docente e investigadora propia de los denunciantes, así como de actitudes no respetuosas, gritos, acusaciones infundadas, amenazas de sacarlos de la universidad, actitudes agresivas y despectivas, intimidación y otras conductas humillantes.

 

‘Podría darte una hostia’

De hecho, los denunciantes relataron, entre una larga lista de agravios, gritos, amenazas y conductas ofensivas hacia ellos por parte del denunciado, que el catedrático despreció a uno de ellos diciendo ante otros compañeros frases del tipo «está loco», «es de derechas», «es del PP», «es facha»…; a otro le amenazó diciéndole que «ahora mismo podría darte una hostia»; asimismo, les asignaba trabajos absurdos, sin sentido y por debajo de su cualificación y del nivel de su puesto de trabajo, como redactar e-mails de una línea que él les dictaba. Los denunciantes también acusaron al catedrático de disminuir la docencia asignada a ellos sin motivo aparente, hasta el punto de que dos de ellos ya no trabajan en la URV, pese a que las evaluaciones por parte de los alumnos eran muy buenas; también les hacía corregir publicaciones de revistas de las cuales él era el evaluador…

 

Un proceso largo

No había pasado un mes desde la interposición de la denuncia cuando, el 24 de julio de 2014, el rector de la URV ordenó una información reservada, de la que nombró instructora a la Dra. Rosa Caballol Lorenzo, catedrática adscrita al Departament de Química Física i Inorgánica de la URV, ante quien los denunciantes se ratificaron en sus acusaciones el 16 de septiembre de 2014.

Tres días más tarde compareció ante Rosa Caballol el catedrático acusado, que negó todos los hechos que se le imputaban y aseguró que las denuncias respondían a una difamación fruto de la reestructuración del grupo de investigación ASO que dirigía y que él decidió reestructurar por motivos de productividad y para conseguir la condición de grupo de investigación consolidado. Añadió que los miembros que se vieron excluidos aceptaron mal su situación.

También fue citado a declarar en calidad de testigo un profesor titular de la URV cuyo nombre salió en las declaraciones y que dijo conocer los hechos porque los había vivido, en algunos casos de forma directa, y en otros, porque se los habían explicado.

Tal como establece el protocolo aprobado por la URV en 2013 para posibles casos de acoso laboral, se solicitó un informe psicológico pericial externo, responsabilidad que recayó sobre Maria Checa Casado, psicóloga clínica experta en Psicología Forense. Checa concluyó en un informe presentado el 10 de marzo de 2015, tras realizar las entrevistas y pruebas pertinentes, que todo «parece indicar que se trata de un posible caso de acoso laboral». Y añadió que «la personalidad del catedrático acusado tiende a la rigidez, con rasgos de sensación de autoimportancia, pretencioso y prepotente, con déficits de empatía y una autoestima frágil que necesita ser reforzada continuamente y que en determinados momentos podría llevarle a manifestar actitudes o comportamientos de abuso de poder, menosprecio o denigración».

Con toda esta información en la mano, la doctora Rosa Caballol presentó un escrito al rectorado en el que manifestaba que los hechos denunciados podían ser susceptibles de un expediente disciplinario, que el rectorado incoó al catedrático el 27 de marzo de 2015. Para ello en esta ocasión se nombró instructora a la Dra. M. Teresa Areces Piñol, catedrática de Dret Eclesiàstic adscrita al Departament de Dret Privat de la Universitat de Lleida, quedando Rosa Caballol como secretaria del expediente.

El 28 de abril de 2015 se llevaron a cabo las declaraciones de los denunciantes y del presunto inculpado. Todas las partes se ratificaron en lo que habían declarado en anteriores ocasiones: los primeros, manteniendo las acusaciones, y el segundo, negando los hechos.

 

‘Falta muy grave’

Después de escuchar a denunciantes y testigos y de estudiar las alegaciones del imputado, la instructora dio por cierto que el catedrático «actuó sobre diferentes profesores y personal de administración y servicios de la URV de forma prepotente (gritos, malas palabras, insultos, portazos, encarándose con las personas), amenazadora (les dijo que podía sacarlos de la universidad), excluyente (aislando a miembros del equipo de investigación, no dirigiendo la palabra a alguno de ellos), abusiva (encomendando trabajos humillantes muy por debajo de las capacidades de las personas a las que encomendaba la tarea, profesores universitarios contratados, y desacreditando su profesionalidad) e improcedente (les encomendaba trabajos en beneficio exclusivo suyo)».

Asimismo, la instructora considera que «la actitud del catedrático creó una situación de miedo» y que «intentó desestabilizar la personalidad de los becarios, personal de administración y servicios y profesores contratados en situación precaria (profesores asociados)».

Por todo ello, tipifica el comportamiento de este catedrático como «una falta muy grave, en concreto, acoso laboral». La legislación del empleado público establece que la comisión de una falta muy grave, como es el caso que nos ocupa, acarrea una suspensión de funciones que no podrá ser superior a seis años ni inferior a tres. Sin embargo, la instructora consideró que el Estatuto Básico del Empleado Público había modificado el límite mínimo previsto, otorgando a la administración la posibilidad de imponer sanciones por debajo de los tres años. Es por ello que M. Teresa Areces propone al rector de la URV que imponga al catedrático una sanción de suspensión de funciones por un año con la pérdida del puesto de trabajo.

Posteriormente, el 20 de agosto de 2015, el catedrático presentó un escrito de alegaciones a esta propuesta. Finalmente, tras estimarse parcialmente algunas de estas alegaciones y desestimarse la mayoría, se confirma la responsabilidad del catedrático I.B.I. por una falta de acoso laboral tipificada como muy grave y se le sanciona con una suspensión de sueldo y funciones de cuatro meses.

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