El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso planteado por el periodista Saül Gordillo contra la sentencia que lo condenaba a un año de prisión por agresión sexual, confirmando dicha resolución. Gordillo recurrió contra la decisión de un juzgado penal y de la Audiencia de Barcelona que lo condenaban por haber hecho tocamientos sexuales a una trabajadora suya de 23 años cuando dirigía el digital Principal en diciembre de 2022.
La defensa del exdirector de Catalunya Ràdio y de ACN recurrió al considerar que había un error en la valoración de la prueba practicada, ya que defendía que en las imágenes de la discoteca donde ocurrieron los hechos se ve que la víctima “consintió los tocamientos”.
La sentencia ahora confirmada considera probado que no hubo flirteo ni juego de seducción entre Gordillo y la víctima, como sostenía la defensa del periodista. Rechaza también que el baile previo de la víctima a los tocamientos “fuera más allá de lo que se puede considerar un baile normal”, como también argumentaba la defensa, y que eso supusiera actos concluyentes que pudieran interpretarse como un signo de acercamiento con connotaciones sexuales evidentes e invitación a realizar los tocamientos.
“El tribunal, tras haber visionado en varias ocasiones las imágenes, no detecta en el baile realizado (por la víctima) ningún signo inequívoco de invitación a que Gordillo le hiciera tocamientos en sus partes erógenas”, concluía. También rechazaba que el hecho de que la mujer no reaccionara inmediatamente y continuara bailando pueda entenderse como que había consentido los tocamientos.
Aunque la Audiencia aceptó la parte de la declaración de hechos probados de la sentencia inicial en la que se describen los tocamientos y la ausencia de consentimiento, modificó la declaración de hechos probados en lo relativo a la declaración de la víctima porque “no tiene suficiente credibilidad” y por eso ajustó la declaración de hechos probados a la información obtenida a través de las imágenes de las cámaras de seguridad. A pesar de este cambio, la Audiencia dijo que eso no permite una nueva individualización de la pena y recordaba que Gordillo fue condenado a la pena mínima.
En un auto de ocho páginas, el Supremo rechaza el recurso de queja de Gordillo contra el auto de la Audiencia que en marzo denegó su recurso de casación contra la sentencia del tribunal que confirmaba la primera condena. Los magistrados critican a la defensa de Gordillo por no cumplir los requisitos legales del recurso de casación contra una sentencia de apelación en segunda instancia, ya que no concreta los argumentos y elementos legales que ve en contra de la sentencia condenatoria.
En un tuit en las redes sociales, la víctima ha asegurado que “después de todo y después de tanto, la verdad ha ganado definitivamente”. “¡Una victoria para todas. Caso cerrado, compañeras!”, añade, y asegura que no puede ni explicar “la liberación” que siente y considera que “la vida, por fin, continúa”.