Zona de Bajas Emisiones
Los 24 días sin registro que aligeran el arranque de la ZBE de Reus
La normativa permite acceder a la zona restringida 24 días al año sin registro, un margen que evita sanciones durante la campaña de Navidad de este año; el Ayuntamiento destaca que la medida no afectarà al comercio y recuerda que la ZBE incorpora una veintena de exenciones
Los aparcamientos municipales son un supósito de exención.
Hoy lunes 1 de diciembre, la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Reus ha activado la tercera fase de implantación, que hace efectivo el régimen sancionador contra los vehículos que incumplen la ordenanza de movilidad. Desde hoy y hasta el 31 de diciembre de 2027, los vehículos que no tienen etiqueta ambiental, no pagan el impuesto de circulación en Reus y no son residentes en la capital del Baix Camp tienen el acceso restringido al área delimitada. Ahora bien, entre el conjunto de exenciones, hay una que es significativa teniendo en cuenta el periodo del año en el que nos encontramos. Tal como prevé la normativa, los vehículos que no cumplen los requisitos podrán entrar en la ZBE 24 días al año sin tener que hacer ningún registro.
En este sentido, descontando los múltiples festivos que hay en diciembre, solo habrá 20 días laborables desde hoy hasta el 31 de diciembre de 2025. Por lo tanto, es imposible agotar este cómputo de días en los que se puede acceder a la ZBE sin tener que realizar ningún trámite y, en la práctica, no se sancionará a nadie a corto plazo. Sobre esto, la concejala de Seguridad, Dolors Vázquez, explicó al Diari que la ley permite esta exención en un margen de entre 12 y 24 días. “Nosotros hemos elegido 24, hemos ido al máximo para facilitar el acceso ocasional”, afirmó. De este modo, según el gobierno local, la aplicación de la ZBE no tendrá efectos sobre la campaña comercial de Navidad, que acaba de empezar.
Además, también podrán acceder a la Zona de Bajas Emisiones aquellos conductores que estacionen en un aparcamiento subterráneo municipal o en un aparcamiento privado de uso público que tenga convenio con el Ayuntamiento.
La normativa de la ZBE incluye una veintena de exenciones, autorizaciones y moratorias que permiten continuar entrando en el área restringida a determinados vehículos siempre que cumplan los requisitos establecidos. Entre los supuestos de excepción figuran las personas con movilidad reducida, el transporte de personas con enfermedades o discapacidades, así como los servicios de emergencia y esenciales.
También se incluyen los desplazamientos para tratamientos médicos periódicos, los vehículos históricos, los vehículos profesionales de trabajadores a punto de jubilarse o las personas con rentas bajas. Igualmente, pueden obtener autorización los propietarios o arrendatarios de un aparcamiento dentro de la ZBE, los vehículos en moratoria por reposición, el transporte público y colectivo de personas (M1, M2 y M3) y los vehículos de transporte de mercancías (N1, N2 y N3).