Sucesos

Tribunales

El juez de Tarragona retira medidas cautelares al presidente del Grupo Griñó

La Audiencia Provincial autoriza al directivo del Grupo Griñó a recuperar la gestión de tres fincas que el juez instructor había bloqueado al inicio de la causa

Planta del Grup Griñó en Constantí.cedida

Creado:

Actualizado:

La Audiencia Provincial de Tarragona ha anulado la decisión de la jueza instructora de bloquear cualquier movimiento de tres fincas propiedad de Joan Griñó, presidente de la empresa Griñó Ecologic, incursa en una investigación por presunto delito contra los recursos naturales y el medio ambiente. En la causa abierta por el Juzgado de Instrucción número 4 de Tarragona figuran 14 investigados: once personas físicas y tres empresas.

Durante la instrucción, la magistrada decidió, como medida cautelar, la prohibición de disponer, gravar, obligar o enajenar tres fincas propiedad de Griñó: una en Lleida, otra en el barrio de Sant Gervasi (Barcelona) y otra en Pamplona, según el auto del 9 de enero de 2025.

Presunto daño

Griñó recurrió. Argumentaba que de la instrucción «no hay ni una sola referencia o mención al presunto daño que la supuesta conducta que es objeto de investigación podía haber comportado al medio ambiente».

Añadía que la magistrada de la Audiencia de Tarragona, en el auto, no fundamentaba su decisión, «máxime si se tiene en cuenta que la mercantil Griñó es de sobrada y acreditada solvencia, que cotiza en el mercado alternativo bursátil y cuenta con ingresos anuales y activos que permitirían hacer frente a las responsabilidades civiles en caso de que recayera una eventual condena». La Fiscalía se opuso al recurso.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona anula la citada cautelar porque la justificación de la magistrada resulta «insuficiente para el mantenimiento de dichas medidas cautelares con la gravosidad que conllevan».

Los requisitos

La Sala señala que la magistrada no analiza de forma concreta si concurren los requisitos para adoptar cautelares sino que solo establece que se adoptan «para evitar la desaparición de los bienes y beneficios a través de la actividad delictiva» y poder garantizar que los investigados hagan frente a las responsabilidades pecuniarias.

Es más, dice el tribunal, la cautelar no tiene que limitarse a constatar la concurrencia de indicios de criminalidad de forma genérica sino que «debe contener una referencia al caso concreto y a los datos que han quedado corroborados a través de la práctica de las correspondientes diligencias instructoras».

Reconoce también que Griñó Ecologic sigue operando y sus ingresos y activos bastan para hacer frente a una posible responsabilidad civil, además de que a fecha de hoy, aún «no se ha determinado qué cantidad de residuos reúnen la condición de peligrosos» para determinar la cuantía de la eventual indemnización.