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Justicia para un interno de la prisión de Tarragona: le restituyen el empleo y le indemnizan

El tribunal fija 3.960 euros de indemnización y denuncia la falta de motivación del cese

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha declarado nula la decisión de la Junta de Tratamiento de la prisión de Mas d’Enric de extinguir la relación laboral de un interno que llevaba más de cinco años trabajando en el centro penitenciario sin ninguna incidencia previa. La resolución considera que la administración vulneró su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva al no motivar de manera clara y concreta los motivos del cese, y fija una indemnización de 3.960 euros para el interno.

El interno denunció que, de manera repentina, se le retiró el trabajo mediante una comunicación «totalmente genérica» que hacía referencia a «razones de disciplina y seguridad penitenciaria» y a un supuesto «desarrollo negativo». Según señala su abogado, Arnau Esteban, no se le especificó ninguna conducta concreta ni ningún hecho que justificara la medida, lo que le impidió defenderse.

La retirada del trabajo, además de comportar la pérdida de unos ingresos mínimos, tiene consecuencias directas sobre el proceso de reinserción, ya que la actividad laboral es un criterio clave para acceder a permisos y para la progresión de grado, recuerda el abogado.

La denuncia también ponía el foco en la situación de vulnerabilidad estructural de las relaciones laborales dentro de las prisiones. Estas no se rigen por el Estatuto de los Trabajadores y, por lo tanto, no existen figuras básicas del derecho laboral como el despido, los salarios de tramitación o las garantías propias de cualquier relación laboral ordinaria. Según Esteban, la ausencia normativa deja a los internos en una posición débil ante decisiones discrecionales de la Administración.

Decisión no motivada

Según la sentencia, el TSJC da la razón al interno en un punto central: la decisión no cumplía los requisitos mínimos de motivación que exige cualquier medida que afecte a derechos fundamentales. El tribunal remarca que la Administración no puede limitarse a utilizar fórmulas genéricas y debe explicitar los hechos concretos que justifiquen una decisión de esta naturaleza.

En cuanto a la compensación económica, el tribunal aplica el criterio establecido por el Tribunal Supremo en 2023, según el cual los salarios no percibidos pueden considerarse como una indemnización. Así, fija una compensación de 3.960 euros, calculada multiplicando el salario mensual por el periodo transcurrido entre la extinción laboral y la sentencia, y ordena restablecer la relación laboral dentro del centro penitenciario.

Recordatorio a la administración

La defensa reclamaba una indemnización más elevada, incorporando un plus específico por la vulneración de derechos fundamentales y por el impacto que la decisión tuvo sobre el proceso de reinserción del interno. El TSJC, sin embargo, considera que esta cantidad adicional no sería proporcional y descarta ampliar la compensación. Pese a ello, según la defensa, la resolución es significativa porque fija un precedente sobre los límites de la actuación administrativa en el ámbito penitenciario.

Para el letrado, la sentencia es «un recordatorio de que la administración penitenciaria también debe cumplir con la legalidad» y debe motivar «suficientemente» sus decisiones. «A menudo la motivación de las resoluciones administrativas es muy escasa o limitada», concluye Esteban, que también valora “muy positivamente” que se haya reconocido una indemnización para el preso.