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    Diez víctimas fehacientes del caso Shirota, diez años después

    Munta i Baixa

    19 marzo 2023 07:55 | Actualizado a 19 marzo 2023 07:58
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    Decía Woody Allen que en Estados Unidos nadie se acuerda de la guerra de 1898 con España, porque lo más viejo allí tiene diez años. Si asumimos ese horizonte temporal en la memoria colectiva, hay que admitir que cuando el pasado lunes se conoció la noticia de que el juez daba por finalizada la instrucción del caso Shirota, la inmensa mayoría de la audiencia no recordaba de qué le estábamos hablando.

    Porque Shirota Functional Foods, empresa pública-privada de investigación y desarrollo de alimentos funcionales –participada por Innova, la URV, Tecnoparc y La Morella Nuts– entró en liquidación en 2011 y las diligencias sobre el caso se iniciaron en 2013.

    Una década después, y tras años de silencio judicial y mediático sobre una pieza a su vez inmersa en la maraña del caso Innova –que aún acumula más tiempo de dilación–, el juzgado de instrucción número 3 de Reus ha dado un paso adelante que permite extraer conclusiones relevantes sobre este sumario en concreto y sobre el funcionamiento de la justicia en general.

    La primera es que el juez limita la causa al aval público de tres millones de euros concedido en 2008 por Innova a Shirota y mantiene las imputaciones contra los directivos del holding y el alcalde y los concejales del Ayuntamiento que votaron a favor, pero descarta la existencia de delitos en la gestión de la empresa mixta y archiva el procedimiento contra sus consejeros y administradores. Estas diez personas son Joaquim Barriach, Xavier Gómez, Lluís Arola, Teresa Gomis, Àngel Cunillera, Enric Llauradó, Bartolomé Ramírez, Joan Borja, Manel Jardí y Josep Ramon Cot.

    La decisión implica reconocer que las detenciones con pena de telediario que sufrieron varios de ellos y los diez años de escarnio público para todos por su condición de imputados en un caso de supuesta corrupción han sido fruto de una equivocación por parte de los investigadores.

    Un error agravado porque parte de los daños han sido ocasionados de forma evitable, como detener a esos ciudadanos y meterlos uno o dos días en el calabozo para que declararan y después quedaran en libertad, en vez de citarlos.

    El caso queda limitado al procedimiento de aprobación del aval por el Ayuntamiento e Innova

    Otro perjuicio innecesario ha sido demorar su desimputación. Hoy sabemos que en el sumario no constan diligencias desde hace años y que la instrucción estaba finalizada en 2021, pero el auto no ha salido hasta ahora. De hecho, cuando en 2014 el Juzgado Mercantil declaró fortuito el concurso de acreedores de Shirota –es decir, que la insolvencia no era atribuible a una gestión punible–, era evidente que la causa penal difícilmente se sostenía.

    Por aquel entonces, mantuve una conversación con uno de los investigados –que puso como condición no publicar nada de sus palabras mientras el asunto permaneciese sub judice– que me ejemplificó la desatinada instrucción del caso con un episodio chocante.

    Algunos directivos de Shirota intentaron reflotar la empresa presentando una oferta de compra al administrador concursal, pero ese movimiento sirvió para que desde la vía penal se les considerase sospechosos de haberla hundido premeditadamente para hacerse con ella a bajo precio. Evidentemente, tuvieron que retirarse de la puja y los activos de Shirota acabaron vendidos a precio irrisorio.

    La previsión de mi interlocutor sobre su futuro judicial y el del resto de directivos fue que su caso sólo podía acabar en nada. El pronóstico se ha cumplido a rajatabla, aunque con retraso.

    Dicha persona no veía mala fe en la actuación de la Policía Judicial de la Guardia Civil ni en la del juez instructor, pero sí ignorancia en la materia. La única cuestión para la que no encontraba explicación era el porqué de su detención, con espectáculo mediático incluido, en vez de simplemente ser llamado a declarar.

    Pasados los años, quizá ha hallado respuesta, porque aquellas redadas ante las cámaras probablemente sirvieron de reclamo para otros objetivos relacionados con la situación política en Catalunya y la guerra sucia promovida desde el Ministerio de Interior.

    Malversación premeditada

    El caso Shirota queda, por lo tanto, limitado a las responsabilidades sobre los tres millones de euros de dinero público perdidos con la operación del aval concedido por Innova y el Ayuntamiento. Todos los miembros del gobierno municipal tripartito (PSC-ERC-IC) que votaron a favor de su concesión y los directivos del holding permanecen encausados –18 personas en total– y ahora las partes deben pronunciarse sobre si piden la apertura de juicio oral o el sobreseimiento.

    El juez sostiene que la operación se diseñó para que La Morella Nuts se apropiase de los tres millones de euros del aval y que éste se concedió con omisión de los procedimientos legales y eludiendo los mecanismos de control del Ayuntamiento, por lo que aprecia indicios de prevaricación, malversación de caudales públicos y blanqueo de capitales.

    Esta tesis sufrió un importante revés en 2017, cuando el Tribunal de Cuentas no vio ninguna ilegalidad contable en la aprobación del aval y respaldó el procedimiento seguido, por lo que exculpó al exalcalde Pérez y a los siete concejales demandados.

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