Dos trabajadores de Tarragona, investigados por exposición radioactiva

El CSN califica el suceso como nivel 2 en la escala INES porque dos trabajadores habrían estado expuestos a una dosis superior a la que marca la normativa. Además, la empresa habría incumplido los protocolos de aviso por demorar la notificación del suceso.

17 octubre 2021 20:20 | Actualizado a 22 octubre 2021 05:48
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El Consejo de Seguridad Nacional (CSN) informaba a última hora del miércoles que ha abierto un expediente, que podría acabar en una sanción, a la empresa OCA ICP, SAU, dedicada a la inspección, control y prevención de infraestructuras, por la sobreexposición a radiación nuclear ionizante de dos trabajadores en su delegación de Tarragona.

Según explicaron fuentes del CSN, el primer caso se registró el pasado 16 de julio, cuando un operario presentó una exposición de 68,84 miliseverts (cuando el límite es de 50 mSv anuales), y el segundo caso tuvo lugar el día de Santa Tecla, 23 de septiembre, con una cifra que llegaba a los 3.000 mSv, una exposición que de ser real sería mortal.

La dirección de Protección Radiológica del organismo regulador envió cartas a los trabajadores afectados, que manifestaron que habían extraviado sus dosímetros, y otras misivas a la dirección de OCA ICP, el 29 de julio y 5 de octubre de 2021, con las medidas a adoptar y la necesidad de hacer una dosimetría biológica al trabajador afectado en la segunda sobreexposición, dada la gran magnitud de la lectura dosimétrica que registraba el aparato.

El trabajador fue sometido a una revisión en la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB), que certificó que el segundo trabajador había «estado expuesto a las radiaciones ionizantes a una dosis a cuerpo entero de 0,9 Gy», muy superior a las dosis recomendadas. Gy es el símbolo de gray, una unidad de medida derivada de la dosis de radiación ionizante. Se define como la absorción de un julio de energía de radiación por kilogramo de materia.

El 15 de octubre, el titular de la empresa notificó al CSN la superación del límite de dosis de ambos trabajadores a través de la sala de emergencias, teniendo en cuenta que el límite de dosis para trabajadores expuestos es de 50 mSv al año. Ambos había estado expuestos a una radiación más alta de la "aceptada" por normativa.

El CSN ha acordado hacer un examen de dosimetría biológica al segundo trabajador (ayudante) que el día del incidente estuvo haciendo trabajos de gammagrafía con el operador implicado en la segunda sobreexposición. Y está a la espera del informe que tiene que presentar la empresa en un plazo de 30 días, junto con el «plan de acción de mejora de las deficiencias detectadas en el funcionamiento de la instalación radiactiva y análisis final del incidente».

Cuando reciba este informe, el regulador elaborará una propuesta de expediente sancionador.

Aunque los trabajadores han recibido dosis de 68,84 mSv y 0,9 Gy, superior a los límites establecidos, y dado que no hay alteraciones analíticas (disminución de glóbulos blancos en sangre) ni clínicas (enrojecimiento de la piel, depilación, quemaduras, náuseas o vómitos), el CSN ha clasificado el suceso como nivel 2 en la Escala Internacional de Sucesos Nucleares y Radiológicos (INES). Dentro de este nivel se contempla la anomalía de que haya una exposición de un trabajador por encima de los límites anuales reglamentarios.

Cabe destacar que esta clasificación del CSN es la misma que obtuvo en 2005 la central nuclear de Vandellòs II cuando tuvo el problema de corrosión en sus sistema secundario de refrigeración.

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