El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha instado a la empresa Ivemon Ambulàncies Egara facilitará a los trabajadores con carácter "urgente e inmediato" material de protección contra la Covid-19. Estima así parcialmente la solicitud de medidas cautelares de la CGT, que instaba a dotar de este material el personal de transporte sanitario de la empresa, tanto urgente como no urgente, del Camp de Tarragona y Terres de l'Ebre. El tribunal determina que debe dar "el material mínimo imprescindible para garantizar la salud y seguridad" como batas impermeables, mascarillas FPP2 y FPP, gafas y guantes. También establece que se instalarán recipientes de residuos para el material de un solo uso y que la limpieza de la ropa de trabajo la haga la empresa.
En cambio, desestima la petición de la CGT de hacer pruebas diagnósticas a todos los trabajadores ya que hace referencia a las órdenes del gobierno español sobre que las pruebas las debe prescribir un médico y recuerda que "no existe una disposición legal que obligue a la realización de las pruebas en los términos en que se insta por los demandantes".
Tampoco estima la demanda de que la desinfección de las ambulancias la haga personal especializado y en diario como medida cautelar.
La CGT ha lamentado que la situación de esta empresa se repite en otros, "donde se pone en juego la vida de las personas por cuestiones puramente económicas". "Atentar contra la salud del personal sanitario, es atentar contra el conjunto de la ciudadanía", ha manifestado el sindicato en un comunicado.
La versión de la empresa
Por su parte, la empresa de ambulancias Ivemon Egara asegura que la respuesta judicial ha dado la razón a la compañía, ya que las quejas referentes a las dos demandas aceptadas “ya están solucionadas”. Por una parte, la falta de equipos de protección individual (EPI), que la empresa responsabiliza a la confiscación de material por parte del Estado, y por la otra, en relación a los contenedores de residuos. Ivemos Egara asegura que la limpieza de las ambulancias siempre la ha hecho personal externo y que, solo al personal con síntomas y bajo prescripción médica, se ha realizado la prueba a los técnicos.