¿Quién puede pedir el aval del 20% para comprar un piso?

Jóvenes menores de 35 años y con ingresos anuales inferiores a 37.800 euros

17 febrero 2024 10:24 | Actualizado a 18 febrero 2024 07:00
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El aval del ICO no significa que el comprador vaya a recibir dinero del Instituto de Crédito Oficial (ICO). El hipotecado pagará los intereses por la totalidad del préstamo, la avalada y la que no lo está.

¿Quién puede solicitar los avales?

Jóvenes que tengan menos de 35 años y familias con menores a cargo, siempre que se trate de la primera vivienda habitual del solicitante. Deben ser personas físicas y mayores de edad, con residencia legal en España, debiendo acreditarla de manera continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo.

Niveles de renta

La línea de avales del ICO va dirigida a jóvenes con ingresos anuales inferiores a 37.800 euros anuales; si son dos los solicitantes de la hipoteca, el límite de ingresos se duplica a 75.600 euros; en familias monoparentales, el tope de ingresos es de 64.000 euros; también existe un límite por patrimonio: no se concederá aval a quien tenga un patrimonio superior a 100.000 euros.

¿Para qué es el aval?

Para que puedan cubrir hasta el 20% del principal del crédito que ofrecen las entidades bancarias, ya que los bancos no conceden préstamos hipotecarios por el 100% del precio de la vivienda, sino que habitualmente es solo hasta el 80%, con lo que si no se tiene ahorro previo es imposible comprar un piso.

¿Qué precio pueden tener las viviendas para obtenerlo?

En el convenio entre el ICO y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana se establecerá un límite máximo de precio de venta o tasación de la vivienda en función del ámbito territorial, pudiendo ser modificado por acuerdo de la comisión de seguimiento.

Si ya se tiene una vivienda, ¿se puede pedir?

No. No podrán acogerse a esta línea de avales quienes ya sean propietarios de otra vivienda con anterioridad. Pero se admite que accedan al aval si lo que tienen es una parte proporcional de la vivienda y esta se ha obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento. También podrán solicitarlo aquellas personas que, siendo titulares de una vivienda, acrediten su no disponibilidad por causa de separación o divorcio o por cualquier otro motivo ajeno a su voluntad.

¿Qué coste tienen los avales?

El aval no tendrá coste alguno para el beneficiario. El Estado, con el aval, comparte hasta el 20% del riesgo del principal de cada hipoteca (en ocasiones, hasta el 25%) con la entidad de crédito en igualdad de condiciones. El hipotecado pagará los intereses acordados por la totalidad de la hipoteca.

¿Dónde se puede solicitar?

Estos avales beneficiarán a unas 50.000 personas. Se podrán solicitar en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras que se sumen a esta iniciativa. Si se cumple con los requisitos se realizará la tramitación de la hipoteca con el aval del Estado por ese 20%.

¿Cuánto tiempo dura?

El aval dura un máximo de diez años, independientemente del plazo de amortización del préstamo. Durante este tiempo, la vivienda deberá ser la residencia habitual de la persona avalada y su arrendamiento estará limitado a que concurran circunstancias que exijan el cambio de vivienda, tales como la celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral u obtención de un empleo más ventajoso, por ejemplo.

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