Tarragona

Una tienda de Tarragona tumba la política de ventas de Adidas en España

Tras una reciente resolución de la CNMC, la multinacional alemana evita por el momento la sanción y se compromete a cambiar unas prácticas anticompetitivas que limitaban a los franquiciados

Inauguración de la tienda de Adidas en la Rambla Nova de Tarragona que ha conseguido modificar la política de la marca con los franquiciados en España.

Inauguración de la tienda de Adidas en la Rambla Nova de Tarragona que ha conseguido modificar la política de la marca con los franquiciados en España.Foto: Lluís Milián/DT

Raúl Cosano
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«Ha sido David contra Goliat», dice el abogado tarraconense César Aguirre, uno de los artífices de que una pequeña tienda en la Rambla Nova, ya cerrada, haya obligado a Adidas a cambiar su política de ventas en los franquiciados de España. El gigante ha llegado a un acuerdo con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para archivar el expediente que le abrió en noviembre de 2018 por «por posibles prácticas restrictivas de la competencia». Ahora Adidas solicita la terminación convencional del expediente (una medida que evita la sanción) y presenta unos compromisos para eliminar los problemas de competencia detectados y que, según algunas fuentes, constituían un calvario no solo para la tienda tarraconense en cuestión sino para otras.

El hecho de firmar el acuerdo supone, en primer lugar, un reconocimiento tácito por parte de la multinacional de que efectivamente incurrió en estas prácticas abusivas. «Todo parte de dos socios de Tarragona que abren un pequeño negocio. Firman con una empresa potente como es Adidas, hacen una inversión inicial brutal, que debe garantizar el acceso a un producto prioritario. El negocio empieza a no ir bien, se mete dinero y se comprueba que Adidas está vendiendo a grandes superficies y a quien le interesa los productos estrella», explica Aguirre, que narra algunas de las prácticas ejercidas: «No les dejaban comprar lo que querían, les obligaban a adquirir determinados productos, a un precio no competitivo. Ellos compraban un paquete, por ejemplo, y lo encontraban luego por internet más barato».

«Los tenían cautivos»

El objetivo, según el letrado, era «tenerles cautivos, no solo a ellos sino a las otras franquicias». Los socios afectados pusieron una demanda por competencia desleal en el Juzgado Mercantil en Tarragona, al mismo tiempo en que se presentaba otra en la CNMC, la que ha prosperado.

«En la demanda del juzgado se llegó a un acuerdo y los socios se comprometían a retirarla a cambio de un pacto, pero la de la CNMC siguió su curso y ahora hemos tenido la resolución», explica Aguirre. Este camino ha tardado casi dos años en tocar su fin, con un desenlace que llegar cuando la tienda, ubicada en el 73 de la Rambla Nova, lleva tiempo cerrada como Adidas y la empresa denunciante, Bcincope S. L., liquidada. «Debido a esa política de ventas la tienda se vio obligada a cerrar, y como así otras, que tienen muy difícil sobrevivir», cuenta Aguirre.

Algunos contratos restringían el comercio ‘on line’ o las ventas cruzadas

La CNMC mantiene que «los contratos contenían distintas prácticas anticompetitivas que restringían las ventas y la publicidad ‘on line’ o las ventas cruzadas». Añade el ente regulador que «las restricciones a la posibilidad de realizar ventas y publicidad ‘on line’ o la prohibición de ventas cruzadas entre distribuidores presentan problemas de competencia». Así, algunos contratos antiguos con franquicias no preveían la venta ni la publicidad digital. La restricción consistía en que, aun previéndose formalmente en los contratos la posibilidad de realizar venta en la red, esta quedaba sometida, en términos muy amplios, a la previa autorización de la URL por parte de Adidas y, por tanto, ‘de facto’, a su decisión.

La CNMC sostiene que «la restricción a la publicidad ‘on line’, que solo existía en los casos en los que estaba prevista la venta en la red, consistía en no permitirse el uso de la marca en los motores de búsqueda y quedar supeditada a la previa autorización por parte de Adidas».

Además, el organismo incide en que la afectación puede repercutir eventualmente en el cliente: «Esta relajación de la competencia puede perjudicar a los consumidores, en especial, aumentando los precios al por menor de los productos, limitando la elección de combinaciones precio-servicio y los formatos de distribución, reduciendo la disponibilidad y calidad de los servicios al por menor y reduciendo el nivel de innovación de la distribución».

La empresa se ha comprometido a eliminar la cláusula de no competencia postcontractual; la exigencia de un requisito de validación de las web que los franquiciados iban a utilizar para la venta ‘on line’; y la supresión de la prohibición de las ventas cruzadas con distribuidores y otras franquicias. La CNMC someterá a vigilancia los compromisos un máximo de tres años, e impondrá sanciones si Adidas no cumple. Si no lo hace, la firma incurrirá en una infracción muy grave.

La compañía contaba en el momento de la sanción con unos 60 establecimientos en España, de los que cerca de 40 eran franquicias.

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