Tarragona

Las multas por viajar sin billete en el autobús crecen un 40% este año

El nuevo reglamento de la EMT lo sanciona con 200 euros, que pueden ascender hasta 600 euros en caso de reincidencia

Los viajeros sin billete en los autobuses de la EMT han aumentado de forma considerable en lo que va de año.FOTO: PERE FERRÉ

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Francisco Montoya

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Los viajeros que son sorprendidos viajando sin billete en los autobuses de la Empresa Municipal de Transports de Tarragona (EMT) van en aumento. Así se deduce del número de inspecciones que terminan en multa: a lo largo de todo el año 2015, el número de sanciones fue de 204, que representaron un 0,44% del total de inspecciones. Esto es: se multó a 44 de cada 1.000 personas a las que se inspeccionó.

Este año todavía no ha terminado, pero los datos de que se dispone apuntan a un considerable aumento: entre enero y abril, esa proporción de multados ha ascendido hasta el 0,63% de las inspecciones (cuando en 2015 fue del 0,44%). El aumento, pues, es de más del 40% respecto a la situación del ejercicio pasado.

Si se ha mantenido esa nueva tendencia a lo largo de todo el año, y el número de inspecciones también se mantiene estable (más de 45.000), se acabará este 2016 con alrededor de 292 multas, lo que supondrá ese citado incremento superior al 40% (del 43%, de hecho) respecto al año anterior.

Precisamente, la EMT ha aprobado en las últimas semanas una propuesta de «Reglament del Servei de Transport de l’Autobús Urbà del Municipi de Tarragona». Un documento que entre muchos otros aspectos, regula también las sanciones para este tipo de casos, que se consideran «infracciones leves».

Castigo a la reincidencia

En un principio, según el artículo 20 del borrador de ese nuevo reglamento, pendiente aún de aprobación definitiva por parte del pleno para entrar en vigor, «viajar sin billete, con un título no validado, o no válido para las características del usuario, se sancionará con una multa de 200 euros». Dicho artículo, no obstante, añade que «la reincidencia, por comisión en el plazo de un año, de más de una infracción, se sancionará con una multa de 400 euros». Más todavía: si el reincidente vuelve a reincidir y por tanto incurre en «más de dos infracciones en el plazo de un año», dicha multa ascenderá a los 600 euros.

100 euros por tirar papeles

Dentro del apartado de infracciones leves se contemplan también otras como «pegar carteles sin autorización» o «tirar o abandonar en el interior del vehículo papeles, restos de comida o bebida, o cualquier tipo de objeto y producto», que se sanciona con una multa de 100 euros.

En cuanto a las infracciones consideradas «graves», se contempla entre ellas por ejemplo «la negativa o resistencia a facilitar la labor inspectora o de vigilancia del personal de la EMT», así como «desobedecer las órdenes que formule el personal de la EMT en ejercicio de sus funciones de vigilancia e inspección en el interior del vehículo», «originar desórdenes en el interior de los vehículos», «causar destrozos o deteriorar elementos del vehículo», y por último «distribuir publicidad con finalidad comercial sin autorización municipal». Todas estas infracciones graves se castigan con multas de 500 euros (excepto la de originar desórdenes en el interior del autobús, en cuyo caso la sanción es «de 300 a 500 euros»).

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