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Las eléctricas ya no pueden vender por teléfono sin tu permiso: el Gobierno prohíbe el ‘spam’

El nuevo reglamento refuerza la protección al consumidor, agiliza los cambios de compañía eléctrica y amplía las opciones de contratación para hogares y empresas

Una llamada spam en un móvil.

Una llamada spam en un móvil.DT

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El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), el nuevo Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, una norma que refuerza la protección de los consumidores y prohíbe las llamadas comerciales no solicitadas de las compañías eléctricas.

El Real Decreto establece que las empresas no podrán realizar llamadas telefónicas con fines publicitarios ni de contratación si no existe una solicitud expresa previa del consumidor o si no es este quien contacta con la compañía. Además, cuando haya cambios de precio o nuevas contrataciones, las empresas deberán entregar un documento independiente que explique de forma clara el impacto en la factura y compare precios antes y después.

Entre las novedades también destaca la agilización del cambio de suministrador, que deberá completarse en un máximo de diez días, así como la eliminación de compromisos de permanencia y penalizaciones en la mayoría de contratos para hogares y pymes con menos de 15 kW. Los consumidores vulnerables que renuncien al bono social deberán dejar constancia escrita y las empresas informarán mensualmente a la CNMC de estas renuncias.

El reglamento refuerza además los servicios de atención al cliente, obliga a responder reclamaciones en un plazo máximo de 15 días y permite la creación de la figura del Defensor del cliente con resoluciones vinculantes para las compañías. Asimismo, se prohíbe cortar el suministro a consumidores electrodependientes y se permite a comunidades autónomas y ayuntamientos declarar esenciales los suministros de hogares con bono social para evitar cortes por impago.

Entre las nuevas opciones de contratación, los consumidores podrán firmar contratos con varias comercializadoras a la vez, contratar directamente con productores de energía o disponer de dos potencias eléctricas distintas durante un mismo año. El texto también regula la figura del agregador independiente, que gestionará la demanda eléctrica para facilitar ahorros en la factura.

Además, Red Eléctrica, como Operador del Sistema, gestionará un punto de acceso único a los datos de los puntos de suministro para facilitar el funcionamiento del mercado eléctrico, garantizando la confidencialidad de la información. Las comercializadoras tendrán cuatro meses para adaptarse a la nueva normativa, cuyo incumplimiento podrá conllevar sanciones de hasta seis millones de euros.

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