Tribunales
El TJUE anula la decisión de la Eurocámara de suspender la inmunidad de Puigdemont, Comín y Ponsatí
El tribunal considera que el diputado ponente de los suplicatorios no era imparcial, corrige una sentencia del Tribunal General y contradice al abogado general Maciej Szpunar

Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí durante la rueda de prensa tras la devolución provisional de su inmunidad por la justicia europea
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado este jueves la decisión del Parlamento Europeo de marzo de 2021 de retirar la inmunidad europarlamentaria a Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí, eurodiputados de Junts en la anterior legislatura (2019-2024).
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El alto tribunal con sede en Luxemburgo da así la razón a los tres independentistas y contradice la opinión del abogado general del TJUE, Maciej Szpunar, que el pasado septiembre avaló que la Eurocámara retirase la protección parlamentaria a Puigdemont, Comín y Ponsatí a petición del Tribunal Supremo, que los quería juzgar por sedición, malversación y desobediencia en el caso del 1-O.
La decisión del TJUE se basa en la falta de imparcialidad en la tramitación de los suplicatorios. En concreto, el tribunal considera que el ponente designado para instruirlos podía ser percibido como no imparcial, ya que pertenecía al mismo grupo político que miembros de Vox, partido que impulsó el proceso penal contra los eurodiputados.
El tribunal reprocha al Tribunal General de la UE (TGUE) haber cometido un error al considerar irrelevante este hecho y recuerda que, en marzo de 2019, la persona que posteriormente fue designada ponente organizó un acto con la participación del secretario general de Vox bajo el lema “Cataluña es España”, cuando el proceso penal contra los independentistas ya estaba en marcha. Para el TJUE, este episodio evidencia no solo afinidad ideológica, sino también una posición favorable al procesamiento de los eurodiputados.
Por este motivo, el TJUE ha anulado la sentencia del TGUE del 5 de julio de 2023, que había avalado el levantamiento de la inmunidad, y ha declarado nulas las decisiones del Parlamento Europeo de 2021 por basarse en informes que debieron haberse invalidado por vulnerar la exigencia de imparcialidad.
Pese al alcance jurídico de la sentencia, sus efectos prácticos son limitados, ya que ninguno de los tres afectados es actualmente eurodiputado. Puigdemont y Ponsatí ya no ostentan el escaño, mientras que Comín no ha podido ocuparlo tras las elecciones europeas de 2024 al no haber jurado la Constitución, un requisito que la Eurocámara considera imprescindible.
El origen del caso se remonta a 2020, cuando el Tribunal Supremo solicitó al Parlamento Europeo el levantamiento de la inmunidad en el marco de un nuevo intento de extradición de Puigdemont, Comín y Ponsatí, que entonces residían en Bélgica. Los tres recurrieron la decisión alegando, entre otros motivos, falta de competencia del Supremo y vulneración de sus derechos durante el procedimiento parlamentario.
La sentencia del TJUE también supone una excepción poco habitual, al apartarse del criterio del abogado general Szpunar, cuyas conclusiones suelen ser seguidas por el tribunal. Szpunar había defendido que la Eurocámara actuó de manera imparcial y había propuesto archivar los recursos de Puigdemont y Ponsatí por falta de interés actual, manteniendo solo el análisis del caso de Comín.
En el actual escenario judicial, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena mantiene las órdenes de detención nacionales contra Puigdemont y Comín por un presunto delito de malversación y no ha reactivado las euroórdenes, mientras que Ponsatí continúa pendiente de juicio por desobediencia, a la espera de que se le aplique la ley de amnistía.