Tribunales
La justicia anula los acuerdos municipales que invistieron la funeraria pública FuneCamp
La sentencia, que todavía puede ser recurrida al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, también condena a costas a los promotores del proyecto: los ayuntamientos de Reus, Salou, Vila-seca y Constantí. La resolución concluye que no se acredita "la viabilidad económica ni la estabilidad presupuestaria de la entidad"

Alcaldes impulsores de la funeraria pública Funecamp, en una imagen de archivo
FuneCamp, el proyecto de funeraria pública impulsada por los ayuntamientos de Reus, Salou, Vila-seca y Constantí, y al que luego también se sumaron otros municipios como Castellvell del Camp o Alcover, ha quedado en suspenso tras una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Tarragona.
La resolución, que ha avanzado el digital Crónica Global y ha podido confirmar el Diari, da la razón a —Mémora, FuneConca y Serveis Funeraris Pedrola Montbrió—, que presentaron un recurso contencioso-administrativo contra la creación de la entidad denunciando competencia desleal. FuneCamp prometía precios más ajustados que sus competidores (aunque luego tuvo que ajustarlos) y ha recibido criticas por parte de algunos sindicatos.
Las empresas argumentaban que la funeraria pública utilizaba fondos municipales para rivalizar con el sector privado y que los ayuntamientos excedían sus competencias. Por ello, consideraron que la documentación aprobada por los consistorios no cumplía los requisitos legales para justificar la creación de una sociedad mercantil pública destinada a prestar servicios funerarios y de cementerio.
Aunque la sentencia no impide que FuneCamp pueda seguir funcionando mientras se estudia el recurso, la sentencia deja al operador en una situación legal comprometida. La funeraria pública recurrirá la resolución al Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, que el pasado mes de enero ya dio la razón a FuneCamp negando a los demandantes la paralización cautelar del proyecto.
El origen de todo
El conflicto judicial se origina en los acuerdos aprobados por los plenos de Reus, Salou, Vila-seca y Constantí en marzo de 2024, cuando los cuatro ayuntamientos dieron luz verde de forma definitiva a la documentación que debía justificar la creación de FuneCamp.
El proyecto planteaba que esta nueva sociedad pública gestionara, por un lado, los cementerios municipales, una competencia propia de los ayuntamientos, y, por otro, ofreciera servicios funerarios en un mercado abierto en el que operan empresas privadas.
Las funerarias demandantes recurrieron estos acuerdos al considerar, entre otras cuestiones que FuneCamp no podía funcionar como un instrumento propio de los ayuntamientos para todos los servicios previstos y, sobre todo, que las cuentas presentadas para justificar el proyecto no reflejaban de manera realista si la empresa podía ser viable ni garantizaban que su funcionamiento no supondría un riesgo económico para las arcas municipales.
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La sentencia estudia si FuneCamp podía considerarse un “medio propio”, una figura que permite a las administraciones encargar directamente determinados servicios a una empresa pública sin necesidad de sacar el contrato a concurso.
El juzgado explica que el hecho de que FuneCamp tuviera previsto competir con empresas privadas en el mercado de los servicios funerarios no impide, por sí solo, que pueda ser considerada medio propio para aquellas actividades que sí son competencia directa de los ayuntamientos, como la gestión de los cementerios municipales.
No obstante, la resolución deja claro que esta condición solo puede aplicarse a esos servicios concretos y no sirve para justificar que la empresa actúe del mismo modo en el conjunto de su actividad, especialmente cuando se trata de un sector abierto a la libre competencia como el funerario.
Una vez aclarado este punto, la magistrada centra su decisión en lo que considera clave: si las cifras del proyecto estaban bien justificadas. Tras revisar el expediente y la documentación aportada por las partes, incluidos los informes técnicos encargados durante el proceso, el juzgado concluye que la memoria aprobada por los ayuntamientos no se basa en datos suficientemente objetivos y comprobables que permitan asegurar que la empresa sería rentable y económicamente sostenible.
En este análisis resultan especialmente relevantes los informes elaborados por la consultora KPMG a petición de las funerarias recurrentes. Estos informes señalan, entre otros aspectos, que las previsiones de actividad y de cuota de mercado atribuidas a FuneCamp no encajan con la evolución real del sector funerario en los municipios implicados, que se utilizaron estimaciones de fallecimientos que no coinciden con los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística y que se calcularon a la baja algunos costes importantes, en particular los de personal.
El juzgado considera que las explicaciones ofrecidas por los técnicos municipales y los informes presentados por los ayuntamientos no consiguen desvirtuar estas conclusiones y recuerda que la ley no se limita a exigir un documento formal, sino que obliga a demostrar con datos reales y contrastables que un proyecto de este tipo es viable y no pone en riesgo la estabilidad financiera de las administraciones.
Por todo ello, la sentencia estima el recurso presentado por las funerarias privadas y anula los acuerdos plenarios impugnados por no ajustarse a la legalidad, al entender que no se cumplen las exigencias en materia de sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria. Además, impone las costas del procedimiento a las administraciones demandadas, con un límite máximo conjunto de 4.000 euros.
FuneCamp anuncia que recurrirá
La empresa pública supramunicipal ha defendido que su proyecto es "legal y viable", además de "avalado por estudios técnicos y económicos rigurosos", y ha asegurado que seguirá trabajando "con responsabilidad, rigor y absoluto respeto a la legalidad en beneficio de todo el territorio".
Al mismo tiempo, FuneCamp destaca "su máximo respeto por las resoluciones judiciales", aunque considera que la sentencia "no refleja de manera adecuada ni la realidad del proyecto ni el marco legal que lo respalda" y anuncia que presentará un recurso de apelación, que ya está preparándose, ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya.
¿Qué es FuneCamp?
FuneCamp es una empresa pública mancomunada creada por cuatro municipios de la provincia de Tarragona: Reus, Constantí, Vila-seca y Salou. Comenzó a funcionar el 21 de junio de 2025 y su objetivo es ofrecer servicios funerarios de calidad, con un trato ético y a precios más asequibles que los de las funerarias privadas.
La empresa opera inicialmente con las salas de velatorio de los municipios participantes, además del tanatorio y crematorio de Reus, y cuenta con cerca de 40 trabajadores, con previsión de aumentar a 50. También dispone de unas 15 salas de vela. El servicio básico se estima en 1.800 euros y el servicio medio en 2.800 euros, buscando priorizar la función de servicio público sobre la comercial.
Según las empresas privadas, estas tarifas son un "30% más baratas" que la media catalana, cuyo coste se sitúa en unos 3.000 euros por el servicio básico y unos 4.300 con incineración. Por esta razón, acusaban a FuneCamp de competencia desleal y de no ser una empresa viable si no contara con fondos públicos.