Tribunales
Dos hombres que atracaron a un joven en el centro de Tarragona, expulsados de España
A uno de los procesados se le impuso de tres años y nueve meses de prisión, y cuatro años y dos meses para el otro. Se sustituyen dichas penas por su expulsión

Los hechos ocurrieron en la calle Apodaca.
Dos hombres que atracaron un a un joven en Tarragona serán expulsados de España, país al que no podrán volver en ocho años. Así se recoge en la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal 1 de Tarragona y que ha sido ratificada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona. La pena impuesta fue de tres años y nueve meses de prisión para uno y de cuatro años y dos meses para el otro. Solo tendrán que cumplir este tiempo en prisión si no se puede hacer efectiva su expulsión. Y es que ambos procesados se encuentran en situación irregular en España.
A las dos de la madrugada del 20 de julio del año pasado, B.B. y B.O. se encontraban en la calle Apodaca, cerca de un supermercado. Se dirigieron a un ciudadano y le pidieron un cigarrillo. Inmediatamente, B.O. digirió su mano hacia el bolsillo del pantalón de la víctima, donde tenía el teléfono móvil y el denunciante se lo tapó con la mano.
B.B. arrancó con fuerza una cadena que la víctima llevaba en el cuello y se apoderó de ella, para a continuación huir del lugar. El denunciante trató de ir tras ello, por lo que B.B., para asegurar la huida, le exhibió una navaja desplegada. Ante ello la víctima tuvo miedo y dejó de perseguirlos.
B.B. se encuentra en situación administrativa irregular en España y le constaba un decreto de expulsión administrativa. Por su parte, B.O. también está irregular en España y tiene antecedentes. El 7 de septiembre de 2023 fue condenado por un Juzgado de lo Penal de Barcelona a seis meses de prisión por un robo con fuerza ocurrido el 21 de abril del mismo año. La pena de cárcel quedó en suspenso durante dos años si no volvía a delinquir.
En el recurso de apelación de los procesados –que fue rechazado por la Audiencia Provincial– se indicaba que las horas en las que sucedieron los hechos no encajan adecuadamente con el relato de hechos probados de la sentencia. Del lugar donde ocurrieron los hechos hasta el punto donde fueron identificados los acusados hay media hora.