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Cuarta condena por conducir sin carnet por Tarragona

La Audiencia Provincial reduce la condena inicial y descarta el decomiso del vehículo

El conductor fue interceptado en Bonavista.

El conductor fue interceptado en Bonavista.Marc Bosch/DT

Àngel Juanpere

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Un hombre que había sido condenado inicialmente a nueve meses de prisión y al decomiso de su vehículo al ser condenado por cuarta vez por conducir sin carnet ha visto ahora como la Sección Segunda de la Audiencia de Tarragona le rebajaba la pena. La fijaba en medio año de cárcel y dejaba sin efecto el decomiso del vehículo.

Los hechos por los que fue condenado ocurrieron a las cinco y media de la madrugada del 26 de noviembre del 2023. El acusado conducía un turismo Opel Zafira por la calle Vint-i-sis de Bonavista, cuando fue interceptado por una patrulla de la Guàrdia Urbana.

Los agentes le pidieron el permiso de conducción. Una vez efectuada la comprobación advirtieron que el acusado había perdido la vigencia de su permiso de conducir por haberse quedado sin puntos.

El hombre ya había sido condenado por el mismo delito el 2 de noviembre y el 4 y 27 de octubre del mismo año. La primera vez se le impuso el pago de una multa de 1.920 euros, la segunda de 960 euros y la tercera 32 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad.

Y las tres penas están todavía pendientes de ser cumplidas, o sea, que ni ha pagado las multas ni ha realizado los trabajos comunitarios.

Recurso de apelación

En su recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, el acusado argumentaba insuficiencia de los testimonios de los agentes así como que no hay constancia de la notificación de la pérdida de puntos. También discutía que se le apreciase la agravante de multirreincidencia.

Para las magistradas de la Audiencia Provincial, durante el juicio se vieron pruebas suficientes contra el encausado para enervar su presunción de inocencia. Recuerdan, además, que hay un certificado de la Dirección General de Tráfico (DGT) que evidencia esa pérdida de puntos en fecha 27 de noviembre de 2021.

Y recuerdan que ahora el acusado no puede decir que no hay suficiencia probatoria cuando el mismo no se presentó a juicio.

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