Justicia
Un padre deshereda a su hija en Tarragona, ella recurre a la justicia y recupera 100.000 euros
Simón se casó con su segunda mujer, se distanció de su hija y la dejó sin herencia. Ella demostró en los tribunales que hubo vínculo en los años finales de la vida del padre y pudo acceder a su parte de legado

Firma de un notario en Tarragona.
La Audiencia Provincial de Tarragona ha invalidado el testamento de un padre que desheredaba a su hija y a sus nietos para dejarle toda la herencia a su nueva mujer, declarándola heredera universal. La justicia avala que la hija, Carolina, reclame su parte legítima de la herencia. La decisión se basa en que no se probó que la ruptura de la relación fuera exclusivamente atribuible a ella. Es un caso ubicado en Torredembarra representativo de la actual complejidad de las familias y los litigios en las herencias.
Según la sentencia, el conflicto por el legado se inició cuando a la muerte del padre, en el testamento, este había desheredado a su hija y a sus nietos por «la ausencia manifiesta y continuada de relación familiar». Es uno de los motivos de desheredación que recoge el Código Civil.
El distanciamiento que mencionaba Simón surgió cuando el padre volvió a casarse, en 2009. Contrajo matrimonio con Silvia, su segunda esposa. En el juicio se plasmó la falta de contacto significativo entre padre e hija entre 2011 y 2019. Pero todo cambió a partir de entonces. En los últimos años de vida de Simón, Carolina reinició las visitas y el contacto telefónico con su padre a raíz de caer enfermo, «lo que podría asimilarse a una reconciliación», explica la sentencia, que añade: «Ello implica que debamos considerar nula la cláusula de desheredación en el testamento». Carolina visitó a su progenitor varias veces en el hospital, de ahí que después reclamara su legítima, la parte que corresponde a los herederos forzosos.
Visitas al hospital y llamadas telefónicas
La demanda en un inicio fue rechazada por el Juzgado de Primera Instancia 2 de El Vendrell, que consideró válida la desheredación al entender que se cumplían los requisitos legales. Ante esta decisión, la hija apeló. Aportó pruebas de visitas hospitalarias y registros de llamadas que demostraban contacto regular.
Finalmente, la Audiencia le dio la razón a Carolina. Tuvo acceso al 25% de la herencia, la legítima. Se vendió una casa en Torredembarra y cobró alrededor de 100.000 euros. «Estos casos son cada vez más comunes. La clave es que los herederos nunca hayan hecho intento de contactar. Pero un mensaje ya puede servir para demostrar que la falta de relación no es solamente imputable a esa parte», indica la abogada de Carolina, Eva Molina.