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La Audiencia Provincial decreta la excarcelación del acusado de un crimen en Santa Oliva en 2022

Sigue como investigado en la causa, pero los magistrados aseguran que, por ahora, no hay ninguna prueba incriminatoria contra él

12 enero 2024 22:10 | Actualizado a 14 enero 2024 07:00
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Después de pasar un año en prisión preventiva, H.S. ha salido en libertad provisional. Y esto después de que la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona así lo haya acordado. El hombre está acusado de cometer un crimen en Santa Oliva en noviembre del 2022.

Pero los magistrados señalan que en todas pericias efectuadas hasta ahora no hay prueba que indique que él fue el culpable del homicidio.

El crimen ocurrió sobre las cinco y media de la madrugada del 25 de noviembre de 2022 en una casa situada a las afueras del casco urbano de Santa Oliva, cerca del monasterio de Santa Maria. La víctima, de 40 años, vivía en casa desde hace más de 15 años.

Las sospechas

Desde un principio, las sospechas recayeron en el investigado, principalmente por las declaraciones de su hermano y de la cuñada. Estos manifestaron ante los Mossos d’Esquadra que el imputado, en los días previos al homicidio, había amenazado varias veces a la víctima

El sospechoso fue detenido el mismo día de los hechos y al siguiente pasó por el Juzgado de Guardia. El juez decretó su ingreso en prisión.

Durante ese tiempo, el abogado defensor ha pedido, en cuatro ocasiones, la puesta en libertad de su cliente. El juez instructor, el 24 de octubre del 2023, dictó un auto por el que mantenía la prisión provisional del sospechoso. Ante esto, el letrado presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que ahora le ha dado la razón.

Recurso de apelación

El abogado, en su escrito, destacaba la debilidad de la imputación que existía contra su cliente y que la decisión del juez instructor no había tenido en cuenta el resultado de las diligencias de instrucción llevadas a cabo, en las que no se encontró ningún indicio de la participación del sospechoso en los hechos.

Los magistrados de la Audiencia Provincial, en su auto, recuerdan que los Mossos d’Esquadra accedieron al domicilio del investigado, recogiendo una serie de efectos, como cuchillos y ropa. La Sala no comparte el contenido del auto del juez instructor –que mantiene la cárcel– que no han variado las circunstancias que en su día se tuvieron en cuenta para adoptar la medida cautelar.

«Sinceramente, no nos parece de recibo el argumento contenido en la resolución recurrida», aseguran. Y no lo comparten porque ninguna de las diligencias instructoras acordadas en su día y respecto de las cuales colgaba de manera esencial la imputación del investigado, «han dado resultado positivo de cara a poder afirmar, provisoriamente, que efectivamente tuvo participación en la muerte violenta del sr. (...)».

Ningún resultado

En las pruebas no se ha obtenido ningún resultado de las pericias efectuadas sobre los cuchillos hallados en la vivienda. Tampoco se ha obtenido hallazgo biológico en las piezas que fueron intervenidas al sospechoso y debidamente analizadas.

Ningún resultado relevante parece haberse obtenido tanto de la geolocalización de víctima e investigado, correspondiente a la noche en la que ocurrieron los hechos. Tampoco se ha logrado información incriminatoria esencial del resultado del análisis de los teléfonos móviles del acusado y de la víctima.

Por último, los resultados de los análisis lofoscópicos de las huellas encontradas en la vivienda del finado no permiten situar directamente al sospechoso en la escena del crimen.

Por todo ello, la Audiencia Provincial decreta la libertad provisional del encausado, con retirada del pasaporte y prohibición de salida del territorio nacional sin previa autorización del juez, así como comparecer cada 15 días en el Juzgado, con la obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio.

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