Adiós a las dobles comisiones en cajeros automáticos

El Gobierno, con la publicación el 3 de octubre en el BOE de este real decreto ley, elimina la tasa que debía pagar el usuario por hacer uso de cajeros de entidades distintas a las emisoras de su tarjeta

19 mayo 2017 21:31 | Actualizado a 22 mayo 2017 12:10
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La fecha límite es el 1 de enero de 2016. El nuevo año entrará con, aunque con poca frecuencia dada, cierta protección estatal al eslabón último de los sistemas bancarios: el cliente. Las entidades bancarias cuentan con apenas dos meses para efectuar las acciones necesarias que impidan que sus cajeros cobren comisión a aquellos usuarios que hagan uso de tarjetas no emitidas por ellas. En todo caso, y ahí radica la diferencia, podrán cobrar la tasa determinada a la entidad emisora de la tarjeta, y será entonces ésta la que decida si aplicar la totalidad o sólo un porcentaje del importe total a la persona que ha realizado la operación.

Los depósitos de los clientes, y esto se encuadra en otro de los beneficios que aporta este nuevo real decreto ley a los usuarios de cajeros, gozarán también de una más detallada visibilidad a la hora de terminar su operación bancaria. El decreto dicta también que, antes de culminar la operación, la pantalla del cajero tendrá que mostrar cuál puede ser la cantidad máxima que repercutirá en el cliente por haberla realizado. La garantía de que el cliente va a estar plenamente informado de los máximos costes de sus acciones es uno de los factores que mejor sabor de boca deja a los usuarios de los más de 50.000 cajeros repartidos por España, los cuales rondan la abultada cifra de más de 900 millones de operaciones al año.

Si bien la impresión de los usuarios por la banca tradicional no apunta sus mejores momentos- como muestra baste remarcar el creciente interés de la ciudadanía por servicios digitales como Selfbank, con idénticos fines económicos pero menos estrictos y más accesibles que sus sosias de a pie de calle-, acciones como éstas pueden quizá no magnificar la imagen de las grandes entidades bancarias, pero, lo que ya revierte positivamente, tampoco empobrecerla.

El Gobierno, en este sentido, ha sido tajante al asegurar que este real decreto ley, el cual modifica la Ley 16/2009 de noviembre sobre servicios de pago y que desde el 3 de octubre de 2015 entra en vigor con su publicación en el BOE, no ha sido lanzado con otro fin que el de la protección al consumidor.

 

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