Los funcionarios podrán cobrar incapacidad por los accidentes 'in itinere'

El Supremo da la razón a un guardia civil de Tarragona que había presentado un recurso contra una sentencia de la Audiencia Nacional que le denegó la pensión

30 junio 2021 06:00 | Actualizado a 01 julio 2021 06:00
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El Tribunal Supremo ha fijado que los accidentes, ‘in itinere’ (en el desplazamiento desde el domicilio al lugar de trabajo) dan derecho a los funcionarios cobrar la pensión extraordinaria por incapacidad permanente.

La sección cuarta de la sala de lo contencioso administrativo del tribunal establece que los accidentes de camino al trabajo son «consecuencia del servicio» y se pronuncia a favor de dos funcionarios que habían presentado recursos de casación a una sentencia de la Audiencia Nacional que les denegaba la pensión. Se trata de un funcionario de prisiones de Daroca (Zaragoza) y un agente de la Guardia Civil de Tarragona que sufrieron accidentes cuando iban a trabajar al centro penitenciario y a la Comandancia, el 2010 y el 2014, respectivamente.

La Audiencia Nacional denegaba a los funcionarios la pensión extraordinaria con el argumento de que los accidentes no se habían producido en el lugar de trabajo ni en el horario de trabajo. El funcionario de prisiones sufrió el accidente en octubre de 2010 cuando se dirigía de su domicilio en el centro penitenciario de Daroca (Zaragoza) donde tenía turno de tarde. La dirección general de Personal y Pensiones Públicas rehusó que fuera un accidente laboral y el Tribunal Económico Administrativo Central ratificó la decisión.

El agente de la Guardia Civil también sufrió un accidente de tráfico, en junio de 2014, cuando iba de su casa a la comandancia de Tarragona. El Ministerio de Defensa declaró su incapacidad permanente por insuficiencia de condiciones psicofísicas «ajena a acto de servicio» y un juzgado contencioso administrativo y la Audiencia Nacional confirmaron la decisión.

El TS anula estas decisiones judiciales y administrativas y dicta como «doctrina» que se ha de otorgar la incapacidad permanente «si se deriva de un accidente de tráfico sufrido por un funcionario público en el desplazamiento de ir o volver del centro de trabajo». El tribunal avala la decisión en la legislación de la Seguridad Social que incluye los accidentes in itinere como accidentes de trabajo.

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