En Cataluña, la captura del pulpo roquero con cadups, o cangilones, en aguas interiores y la marisquera relativa a la captura del pop roquero está regulada desde 2019. La Dirección General de Política Marítima y Pesca Sostenible del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural ha aprobado establecer un periodo de veda mínimo de dos meses para el marisqueo del pulpo roquero con cadups y nanses en todo Catalunya.
Es la primera vez que esta veda se llevará a cabo más allá de las zonas de la costa que disponen de planes de gestión de la pesca del pulpo roquero, la Catalunya Central y de las Terres del Ebre, elaborados por sus respectivos comités de cogestión.
Los acuerdos necesarios para lograr este hito han estado posibles gracias a la constitución de estos dos comités de cogestión de la pesca del pop roquero, el de la Catalunya Central y el de las Terres del Ebre, y a la implicación y participación activa de las cofradías de pescadores catalanas.
Así mismo, la ampliación de la veda en todo Catalunya también es fruto de la reunión, el pasado mes de abril, entre los representantes del sector pesquero de las zonas del litoral no adscritas a ningún comité de cogestión y la Dirección General de Política Marítima y Pesca Sostenible, que acordaron la localización de los periodos de veda y sus condiciones para el resto de embarcaciones del litoral catalán que disponen de permiso especial para el marisqueo de pulpo roquero con cadups y nanses.
Cuatro años analizando la pesca del pulpo roquero
La otra característica principal de esta veda es el hecho que ha estado toda ella situada dentro del abanico de meses en que las hembras de pulpo roquero se encuentran en la fase biológica de posta, y esto tiene que permitir que puedan fijar los huevos y garantizar, así, la sostenibilidad de la pesquería en orden a las próximas campañas.
Han estado necesarios cuatro años de seguimientos biológicos de la pesquería del pulpo roquero para que el Institut Català de Investigación para la Gobernança de Mar haya podido determinar con el rigor científico requerido el periodo más adecuado para cada zona, que oscila entre los meses de mayo y octubre.
En Cataluña, la captura del pulpo roquero con artes de trampa denominados cadups, o cangilones, en aguas interiores y la marisquera relativa a la captura del pulpo roquero (Octopus vulgaris Cuvier, 1797) está regulada desde 2019. Esta regulación estableció unas líneas marco para la extracción del pulpo roquero en la totalidad del litoral catalán, con la previsión que de cara al futuro se constituyeran comités de cogestión en aquellas zonas donde esta modalidad marisquera tenga un peso significativo y requiera una gestión local y adaptativa.
Estos comités tienen como principal objetivo la elaboración de planes de gestión específicos para las diferentes características de los caladeros de pulpo roquero. Así, en fecha 16 de enero de 2019 se constituyó el Comité de Cogestió del pop roquer del litoral de Catalunya Central capturado con cadups y nanses, y el 30 de julio de 2019 se constituyó el segundo de los comités sobre el pulpo roquero, el de las Terres del Ebre.
Complementando la protección sobre la especie del pulpo roquero, la semana pasada se publicó la orden por la cual se establecen determinadas medidas de gestión de la pesca profesional y recreativa en el ámbito marino del Parc Natural de Cap de Creus y a la bahía de Cadaqués. En esta Orden, con el interés de establecer un peldaño más de protección dentro de las aguas del Parc Natural, la veda del pulpo roquero ha sido ampliada un tercer mes, y ahora queda prohibida su pesca tanto a pescadores profesionales como recreativos, durante los meses de julio, agosto y septiembre.
La coincidencia del periodo biológicamente recomendado para facilitar la reproducción de la especie con los meses estivales de mayor afluencia turística al Parc es un complemento más a la efectividad esperada de estas disposiciones de protección.