Condenado por lanzar un cóctel molotov contra una casa de Cambrils

El artefacto impactó en una ventana y las llamas se propagaron por el toldo. El acusado después acudió a un bar de Salou –del mismo propietario que la casa– e incendió la puerta

10 junio 2017 08:13 | Actualizado a 24 noviembre 2017 19:44
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La Fiscalía pedía inicialmente doce años de prisión para un hombre acusado de lanzar un cóctel molotov contra un chalet de Cambrils. Sin embargo, el día del juicio rebajó la petición a un año y tres meses por un delito de incendio menor y tres meses más por daños. Por su parte, la acusación particular solicitó un total de seis años, seis meses y diez días de cárcel. Finalmente, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona ha condenado al acusado a tres meses de prisión por un delito continuado de daños –con la atenuante de dilaciones indebidas– y le absuelve por prescripción de la falta de daños. En concepto de indemnización tendrá que pagar 7.080,90 euros.

La sentencia considera probado que a las 9.19 horas del 22 de octubre de 2005 el acusado acudió a una gasolinera de la avenida Diputació de Vilafortuny. Cogió papel de celulosa y llenó de gasolina una botella de plástico. Se marchó nueve minutos más tarde sin pagar el combustible.

El acusado se subió a su BMW de color negro y se dirigió a un inmueble situado en la misma avenida. Se trata de una vivienda unifamiliar de planta baja. Allí vivía un matrimonio con sus dos hijos menores de edad y una empleada del hogar.

Al llegar, el acusado estacionó su vehículo delante del chalet. Cuando vio que se levantaba la persiana electrónica de la terraza, procedió a lanzar contra la misma un artefacto incendiario que previamente había preparado. Impactó contra el marco de madera del ventanal de la terraza, prendiendo fuego al mismo. Las llamas se propagaron hacia arriba. Alcanzaron el toldo y causaron daños en sillas, mesa y colchoneta.

El humo llegó al interior de la vivienda. El fuego fue sofocado por el dueño con la ayuda de un extintor, «sin que se dieran las condiciones objetivas de propagación del incendio al interior del inmueble, ni riesgo para la integridad física de los que allí habitaban».

Seguidamente, el acusado se dirigió a un local situado en el Passeig Marítim de Salou, propiedad de la víctima anterior. Procedió a quemar la puerta y el felpudo de dicho local, utilizando para ello gasolina y papel de celulosa. El caso ha tardado once años en llegar a juicio.

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